VISTO:
Los Expedientes Nº 4.068/10; 4131/11 y 4160/11 de este Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO:
Que de las reuniones mantenidas con los Titulares de Remisse en la que fuera discutida las modificaciones de tarifas de dicho servicio, ha surgido que en algunos casos no se está respetando la Ordenanza que fija la tarifa máxima para el servicio de frecuencia semanal que brindan las Agencias de Remisse y que fuera fijada en 45 bajadas de bandera de la tarifa 1 o diurna.
Que resulta necesario efectuar los controles que corresponden a fin de garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 335/2011
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, a fin de que a través de la Secretaria que corresponda disponga controles periódicos en las Agencias de Remisse para verificar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 1.954/10.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 8 de julio de 2.011.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale