Decr. 578/14 Pedido de informe sobre el Programa “Yo, Si Puedo”

Expte. Nº 4.930/13.

VISTO:

             La Ley 2756

             Declaración 156/2008

             Decreto 431/2012, y

 

 CONSIDERANDO:

               Que en nuestra ciudad, según el Censo Poblacional del 2001, existen 12.528 personas sin instrucción o que cuentan con estudios primarios incompletos, de los cuales un gran porcentaje está incluido en los índices de analfabetismo.

               Que el Concejo Deliberante declaró en el año 2008 de Interés  Municipal la Ejecución del Programa de Alfabetización “Yo, Sí Puedo”.

               Que en ese mismo año el Municipio realizó una convocatoria a facilitadores y personas que deseaban instruirse.

                Que en esa oportunidad solo se graduaron unas decenas de vecinos, que a pesar de su edad afrontaron el desafío de aprender a leer y escribir.

               Que el 29 de Noviembre de 2012 el Concejo aprobó el Decreto Nº 431/12 el cual ordenaba al Departamento Ejecutivo Municipal el inicio nuevamente de las gestiones para la implementación del Programa de Alfabetización “Yo, Si Puedo”.

               Que el programa de alfabetización cubano antes mencionado ha sido llevado a cabo en numerosos países obteniendo muy buenos resultados, en muchos de ellos permitió declararlos libre de analfabetismo por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).

               Que es necesario conocer las gestiones que realizó el Municipio para la implementación del Programa de Alfabetización “Yo, Si Puedo”, ya que su puesta en marcha beneficiaria a muchos sectores de la población que no saben leer y escribir. 

 Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 578/2014

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita que se eleve un informe, en el plazo de 10 días hábiles, sobre las gestiones que realizó el Departamento Ejecutivo para implementar el Programa de Alfabetización “Yo, Si Puedo”.

 

ART. 2º) En caso de no haber realizado la gestión mencionada en el Art. 1º, el Departamento Ejecutivo Municipal dará cumplimiento a lo establecido por el Decreto Nº 431/2012.

 

ART.3º) ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de marzo de 2014

 


Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

 

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