Decr. 910/16 Pedido de informe sobre el accidente del empleado municipal

Expte.  Nº  5.952/16.

VISTO:

Ley 2756

Ley de Riesgo de Trabajo 24557

El accidente laboral sufrido por el empleado municipal Víctor Rodríguez, y

CONSIDERANDO:

Que es deber de este Concejo Deliberante velar por la salud e integridad física de todos los trabajadores municipales, considerando a este Recurso Humano como el principal capital que dispone nuestra municipio y el primer  encargado de brindar los servicios que requieren los contribuyentes.

Que las variables que se toman en cuenta para una cotización (riesgos expuestos por la actividad, siniestralidad y litigiosidad) entre otros, impiden que se `pueda obtener un costo razonable, sobre todo teniendo en cuenta el estado de emergencia económica en que se encuentra el estado municipal.

Que el primer afectado de esta situación es el empleado municipal, que al momento de tener un infortunio laboral, no recibe la atención médica adecuada en tiempo y forma.

Que el segundo afectado es el Municipio en su totalidad ya que la falta de cobertura de este riesgo lo expone a cuantiosos reclamos de empleados accidentados que al momento del pago de una incapacidad no perciben un resarcimiento suficiente y terminan su reclamo en sede judicial teniendo que hacerse cargo de sumas muchísimos más abultadas cuando en la sentencia se incluyen intereses, honorarios y gastos judiciales.

Que frente a esta situación se deben extremar todos los recaudos necesarios en procura de disminuir la frecuencia de accidentes y en lo posible la gravedad de los mismos.

Que la mejor manera de realizar esta tarea es; trabajar en la formación y capacitación del personal en la prevención de accidentes;  fomentar actitudes de trabajo seguro; realizar un acompañamiento del siniestrado para una pronta e inmediata recuperación y por último lograr la mayor rehabilitación posible con el menor grado de incapacidad posible.

Que el día 28 de septiembre el empleado municipal Víctor Rodríguez sufrió un grave accidente laboral en ocasión en que estaba reparando un semáforo en Av. San Martin y Colectora y que al momento del siniestro no contaba con elementos mínimos de seguridad que hubieran evitado su producción o al menos atenuado la gravedad de las lesiones ocasionadas.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 910/2016

ART. 1º ) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que en el plazo de 5 días hábiles, remita a este cuerpo informe detallado y documentado de:

  1. Gestiones realizadas, frente a Compañias, Brokers, y/o Productores Asesores que operan en el mercado asegurador, en procura de obtener cotización de la cobertura de Riesgo Trabajo.
  2. Resultado de dichas gestiones, cotizaciones obtenidas, respuesta de compañías que se negaron a cotizar y motivos por los cuales expresaron esa negativa.
  3. Otros seguros contratados para cubrir estos infortunios, procedimiento de selección (licitación, contratación directa, concurso de precios)  suma asegurada, riesgos comprendidos, etc.
  4. Convenio con prestadores médicos  para la atención de accidentados indicando: procedimiento de selección (licitación, contratación directa, concurso de precios) alcance de las prestaciones contratadas y modalidad, costos, etc.
  5. Programas de capacitación en Higiene y Seguridad,
  6. Procedimiento para el caso de accidentes de empleados municipales,
  7. Protocolo de actuación, 
  8. Coordinación de traslados para atención médica y/o rehabilitación.

ART. 2º)  Respecto al personal municipal que realiza tareas de alto riesgo deberá informar:

  1. Elementos de seguridad brindados (cascos, guantes, calzado de seguridad, antiparras, arnés, chaleco reflectivo, etc.)
  2. Procedimiento establecido para la solicitud de estos elementos, encargado de suministrarlos, formalidad requerida para su aprobación y departamentos involucrados.
  3. Motivos establecidos para la denegación de estos requerimientos.

ART. 3º) Respecto del accidente sufrido por el empleado Municipal Víctor Rodríguez deberá enviar un informe detallando:

  1. Antigüedad en que se desempeñaba en ese puesto 
  2. Autoridad superior inmediata
  3. Mecánica del accidente indicando las causas y/o concausas que determinaron la producción del siniestro  y la correcta manera que se pudiese haber evitado.
  4. Conclusión: con la principal indicación de los distintos niveles de responsabilidad en caso que lo hubiere y los cambios proyectados para mitigar en el futuro la producción de nuevos infortunios laborales.

ART. 4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13  de octubre de 2016.

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