Expte. Nº 6.155/17.
VISTO:
Ley Nacional Nº 12.665
Ley Provincial Nº 5.516
Ley Provincial Nº 12.208
Decreto Reglamentario Nº 84.005/41
Declaración Nº 286/2014, y
CONSIDERANDO:
Que el centro polivalente TEATRO-CINE AVENIDA de la ciudad fue fundado en 1932 y, que funciono como único cine de la ciudad hasta su cierre.
Que fue re inaugurado el martes 14 de octubre de 2008 a cargo de la municipalidad.
Que a partir del año 2012 quedo a cargo del centro cultural Nuevo Pueblo.
Que además continúa con la tradicional matiné de cine infantil, conteniendo a una gran cantidad de chicos de la zona, El CINE AVENIDA es el único cine de barrio que funciona en la ciudad y zonas aledañas.
Que, el edificio, donde está ubicado el día 22 de mayo del año 2014, fue declarado Patrimonio histórico cultural (DECLARACION Nº 286/2014.)
En él funcionan actualmente diversas actividades;
- Proyección de películas.
- Escuela de pastelería artesanal para niños y adultos.
- Escuela de peluquería.
- Escuela de folklore y danzas nativas para niños, adolescentes y adultos
- Grupo de danzas brasileras.
- Taller de cumbia cruzada.
- Taller de danza clásica, de elementos coreográficos, que incluye técnicas de clásico, contemporáneo y jazz.
- Taller de danzas árabes.
Todas estas actividades, entre otras, apuntan a lograr la inserción de la gente a nuestra sociedad, hoy tan acechada por los flagelos de la droga, la delincuencia y la trata de personas.
Mediante la pertenencia a través del amor al lugar, es que queremos destacar que las propuestas van surgiendo de la misma gente del barrio, y de esa manera se forma una cadena de trabajo, para así, mostrar principalmente a los jóvenes que se puede crecer como personas, cumpliendo un rol valedero en nuestra ciudad, y representando a ésta en distintos lugares.
Por ejemplo:
- NUEVO PUEBLO participó de la segunda luna del Festival de Cosquín 2016 en el escenario mayor de la Plaza Próspero Molina, “Atahualpa Yupanqui”, el domingo 24 de enero del corriente año acompañando al violinista rosarino Leandro “Lele” Lovato.
- El GRUPO MIX BRASIL, de danzas brasileras participó de los Carnavales de Victoria, Entre Ríos sábado 20 de febrero del 2016, y siendo participes este año, invitados especialmente para los carnavales de Acebal 2017.
- NUEVO PUEBLO participó del QUERER, CREER, CREAR 2014 V.G.G., El Centro cultural NUEVO CINE AVENIDA, en esa oportunidad presentó los grupos de salsa, tango, cumbia cruzada, folklore argentino y danzas brasileras.
Que sería de suma importancia el sostenimiento económico del único centro Cultural de nuestra ciudad por parte de estado municipal, no solo por la implicancia de la cultura en la sociedad, sino y fundamentalmente por el trabajo por parte del equipo que allí trabaja, en defensa de la identidad y el arraigo a nuestras tradiciones culturales.
Que el lugar territorial que ocupa este centro cultural, es óptimo ya que es el emplazamiento donde los inmigrantes llegados a nuestra ciudad adoptaron como propio y esto lo convierte en el ámbito propicio para el desarrollo de este tipo de actividades.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 980/2017
ART.1º) El Departamento Ejecutivo Municipal deberá realizar las gestiones necesarias a los fines de preservar las actividades culturales que se desarrollan en las instalaciones del Centro Cultural Polivalente “Teatro Cine Avenida” ubicado en la intersección de las calles Remedios de Escalada de San Martín e Italia de nuestra ciudad.
ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal otorgará un subsidio mensual de Pesos Seis Mil ($ 6.000.-) a la Directora del Ballet “Nuevo Pueblo” Sra. Sandra Pérez, D.N.I. Nº 23.113.281, destinado a solventar los gastos que demanden el mantenimiento del local del Centro Cultural descripto en el artículo 1º del presente. Dicho subsidio será efectivo mientras las actividades sociales deportivas, culturales, etc. funcionen en dicho edificio.
ART.3º) La Sra. Sandra Pérez, rendirá mensualmente cuenta documentada del destino dado a los fondos otorgados en el artículo precedente ante la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.
ART.4º) El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el Art. 2º del presente Decreto se imputará a la partida presupuestaria que corresponda.
ART.5º) Quiénes coordinen las actividades en el Centro Cultural deberán comprometerse a la regularización de una Personería Jurídica.
ART.6º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 1º de junio de 2017