Decr. N° 1533/21 Solicitar al DEM que gestione la instalación de barreras en el cruce ferroviario ubicado en calle Corrientes entre Nuestra Señora de la Paz y Av. Juan D. Perón.

Expte. Nº 7.404/21.

 

VISTO:

Ley Nacional N° 2.873, Ley reglamentando la construcción y explotación de todos los Ferrocarriles de la República,

Decreto 223/08 “Instalación barreras o semáforos en calle Perú y en J.D. Perón”

Decreto 805/15 “Señalizaciones correspondientes en el Área de influencia Escuela N° 100”.

Decreto 1047/17 “Se gestione ante NCA la instalación de barreras o semáforos con señal sonora en los pasos a nivel de calle Corrientes y calle Perú”.

Decreto 1177/18 “Instalación de barreras y/o semáforos con señal sonora en Pueblo Nuevo”.

Decreto 1197/18 “Pedido de informe ante quien corresponda, sobre obras en ejecución en la zona férrea de pueblo nuevo: Cambio durmientes, rieles y de la construcción de un nuevo carril para la circulación de vagones de trocha angosta”.

Ley Orgánica N° 2756 Art. 39 Inciso 34

Reclamos de vecinas y vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

Que hace varios años las y los vecinos de Pueblo Nuevo vienen insistiendo en la necesidad de colocar barreras en el cruce ferroviario de calle Corrientes entre Nuestra Señora de la Paz y Avenida Juan D. Perón.

Que la instalación de señalización de dicho cruce aportaría a la seguridad vial de la zona, que tiene un tránsito fluido y, principalmente, porque a muy pocos metros de allí se encuentra el jardín N° 332, las escuelas N° 100 “José Ingenieros” y No 516 “Dr. René Favaloro”, donde concurren cientos de alumnos y alumnas que en la mayoría de los casos son acompañados de sus familiares.

Que, además, frente a la institución escolar se encuentra la Comisaría N° 25 lo cual aumenta la circulación peatonal y vehicular en la zona.

Que, es necesario que este Concejo se vuelva a expresar por la concreción de este anhelo de las y los vecinos para evitar accidentes y de esa manera cuidar el bienestar general de las personas que transitan por esa arteria.

Que, sólo por citar uno de los casos, el 20 de septiembre de 2017 una formación del Nuevo Central Argentino embistió a un automóvil y arrastró aproximadamente cien metros por las vías provocando heridas en una de sus ocupantes.

Que como novedad en el último tiempo la empresa concesionaria del ferrocarril instaló un tercer riel para que ingresen trenes de trocha angosta al puerto de Rosario, incrementándose con ello la cantidad de formaciones diarias que circulan por nuestra ciudad.

Que la Ley Orgánica establece en su artículo 39 inciso 34 establece que es una atribución del Concejo Deliberante “dictar ordenanzas sobre dirección, cruzamiento o pendiente de los ferrocarriles, en el trayecto que recorran dentro del municipio, y adoptar las medidas necesarias para evitar los peligros que ellos ofrecen, comprendiéndose entre éstas, la colocación de barreras y enrejados en las calles, el nivel de las vías y guardas en los pasos, como asimismo la de alcantarillas y demás obras que fueran necesarias”.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 1.533/2.021

 

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo para que, a través del área que corresponda, gestione ante el Nuevo Central Argentino la instalación de barreras en el – cruce ferroviario ubicado en calle Corrientes entre Nuestra Señora de la Paz y Avenida Juan D. Perón.

 

ART.2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,28 de mayo de 2.021.

Descargar PDF: Dec. 1533-21

print

Scroll al inicio