Expte. Nº 7.407/21.

 

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,

Reclamo y preocupación por los vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

Que se dieron a conocer mediáticamente múltiples casos de vecinos víctimas de estafas virtuales, perdiendo de esta manera grandes cantidades de dinero.

Que ante la necesidad económica actual del país, las personas confían en las promesas de los estafadores y les brindan de esta manera una serie mínima de datos pero suficientes para realizar transferencias, obtener préstamos bancarios, y demás operaciones desde su cuenta o caja de ahorro.

Que el Banco no tiene fuertes medidas de seguridad en estos casos, permitiendo así una fácil administración de las cuentas de los clientes y la obtención de adelantos y extracciones.

Que, es necesario que las personas estén alertas e informadas sobre las mismas para poder prevenir posteriores estafas virtuales, lo que se lograría a través de campañas de información y concientización.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 1.535/2.021

 

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, disponga las medidas necesarias e implemente un plan de concientización para prevenir estafas virtuales.-

 

ART.2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,28 de mayo de 2.021.

Descargar PDF: Dec. 1535-21

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