Expte. N° 7.498/21
VISTO:
El Decreto Nacional N° 297/2020, Excepciones al aislamiento y permisos de circulación.
Ley Provincial N°2756, Ley Orgánica de Municipalidades; y
CONSIDERANDO:
Que con el avance del Plan de Vacunación en la provincia de Santa Fe y en la localidad de Villa Gobernador Gálvez, las dependencias públicas están retomando el trabajo presencial de sus empleados así como también la atención al público de las personas. En este sentido el Centro Territorial de Denuncias no es la excepción.
Que durante la pandemia el Centro Territorial de Denuncias de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez brindó atención a través de medios digitales y con turno previo, lo que significó un retroceso en la recepción y atención de las problemáticas que por su naturaleza requieren de atención presencial.
Que este cuerpo aprobó en Abril del año 2020 el Decreto N 1376/20 que solicita al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe la atención con guardias mínimas para la recepción de denuncias que se sucedieran durante el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO).
Que transcurridos diecisiete meses de dicho pedido, aún se siguen registrando dificultades y demoras en la recepción de denuncias que quieren efectuar los vecinos por temas de urgente resolución, desvirtuándose así la misión que justifica la existencia de la propia repartición.
Que resulta indispensable efectuar las gestiones necesarias ante el Poder Ejecutivo provincial para que los vecinos encuentren respuestas rápidas y adecuadas a sus demandas toda vez que se dirigen al Centro Territorial de Denuncias de nuestra ciudad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.568/2.021
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del organismo correspondiente, solicite al Superior Gobierno de la Provincia, la normalización en el sistema de atención al ciudadano del Centro Territorial de Denuncias de Villa Gobernador Gálvez, a los fines de receptar presencialmente las denuncias que los ciudadanos desean realizar, sin exigirse a los mismos que gestionen turnos previos vía web para acceder a la mencionada repartición.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 16 de septiembre de 2.021.
