Expte. N° 7.494/21
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.
El Decreto Nº 1342/19 “Construcción de una garita para la espera del transporte público de pasajeros en la intersección de las calles Temporelli y Richieri”; y
CONSIDERANDO:
Que en las intersecciones de las calles Temporelli y Marcos Paz;en calles Chubut y Pavon; en Av Soldado Aguirre y Av Alfonsín, los vecinos solicitan la instalación de garitas de transporte urbano de pasajeros para el resguardo de las personas que utilizan este medio de transporte público.
Que, los días de lluvia y de intenso calor, los usuarios del transporte público aguardan el arribo de las unidades a la intemperie.
Que sería un gran aporte para los vecinos del barrio la construcción de una garita de colectivo que sirva de protección y resguardo, en dicha intersección.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.573/2.021
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaría que corresponda, realice las gestiones pertinentes para la construcción de garitas para la espera del transporte público de pasajeros en las intersecciones de las calles Temporelli y Marcos Paz; en calles Chubut y Pavon; en Av Soldado Aguirre y Av Alfonsín
ART.2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que realice un relevamiento de todas las garitas de1 transporte público de pasajeros en todo el éjido de la ciudad.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 16 de septiembre de 2.021.
