Expte. N° 7.510/21
VISTO:
La Ley Nacional de Tránsito N° 24.449,
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756, Art. 39, Inc. 14 y 38,
La Ordenanza N° 37/72 Reglamento del Tráfico y Tránsito,
La Ordenanza N° 490/89 Código Municipal de Faltas,
La necesidad de regular el estacionamiento de vehículos en la vía pública en inmediaciones de la Escuela N° 1.117 “Rafael Obligado”, y
CONSIDERANDO:
Que el aumento del parque automotor y del volumen del tránsito en nuestra ciudad va ligado a una creciente demanda de plazas de estacionamiento, siendo necesario un reordenamiento en los espacios públicos disponibles para tal fin, principalmente en los núcleos urbanos de mayor concurrencia.
Que, considerando que nuestra ciudad posee una estructura urbana y vial compleja, resulta necesario buscar nuevas alternativas para albergar a los vehículos, contemplando y garantizando especialmente la seguridad vial de los transeúntes.
Que, en esa sintonía, encontramos el caso que plantea la comunidad de la Escuela N° 1.117 “Rafael Obligado” al manifestar que las y los trabajadores y toda persona que acude en vehículo a la institución, encuentran limitaciones para estacionar en los alrededores.
Que, según las normativas vigentes que aplican al ordenamiento del tránsito en las calles de doble mano, en Avda. Peñaloza sólo está habilitado el estacionamiento sobre la vereda par, margen sobre la cual está emplazada la escuela y que, por disposición del Código de Tránsito, tiene prohibido el estacionamiento frente a toda la extensión de establecimiento educativo.
Que, particularmente, el tramo de dicha arteria comprendido entre Av. San Martín y calle Ing. White, presenta una gran cantidad de residencias con amplias entradas de garajes, factor que reduce aún más los espacios disponibles para el emplazamiento transitorio de vehículos.
Que, de acuerdo con lo señalado y considerando que el mencionado tramo tiene una anchura superior a los 8 mt. sin formar parte del recorrido del transporte urbano de pasajeros, resulta oportuno optimizar en el lugar la ocupación del espacio público, permitiendo el estacionamiento en ambos lados de la calzada, acompañando el crecimiento de dicha comunidad y las necesidades y requerimientos de sus habitantes.
Que, desde otra perspectiva, se estimaría beneficioso a tales efectos la asignación de mayores recursos humanos del Área de Tránsito Municipal en la zona durante los horarios de ingreso y egreso escolar con el objetivo de educar, concientizar y ordenar la circulación de vehículos y peatones, favoreciendo la seguridad y convivencia armoniosa entre los miembros de la comunidad escolar y barrial.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.577/2.021
ART.1°) El Concejo Deliberante le solicita al Departamento Ejecutivo que estudie la factibilidad de permitir el estacionamiento en ambos lados de la calzada de Avenida Peñaloza, en el tramo comprendido entre Avda. San Martín y calle Ing. White.
ART.2°) El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda, deberá reforzar la presencia de Inspectores de Tránsito en la zona descripta en el art. precedente , durante los horarios de ingreso y egreso escolar, a fin de regular la fluidez en la circulación de vehículos, colaborar con el orden en el estacionamiento y garantizar la seguridad vial.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de septiembre de 2.021.
