Expte. N° 7.631/22

VISTO:

            La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756, Art. 39°

La ley nacional N° 25.425, de conmemoración del Día Nacional del Bombero Voluntario de la República Argentina,

La ley N° 12.969, ley Provincial de Asociaciones de Bomberos Voluntarios,

La declaración N° 226/2012, que declara a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez como “institución destacada de la ciudad”,

La ordenanza Nº 1947/2010, de Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras Distinciones concedidas por el Concejo Deliberante, y


CONSIDERANDO:
            Que la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez fue creada el 11 de abril de 1972.

Que dicha asociación surge gracias a una iniciativa del Rotary Club de nuestra ciudad a fines del año 1971; sin embargo obtiene su personería jurídica el 17 de mayo de 1.977.

Que los Bomberos Voluntarios son actores fundamentales de una ciudad, especialmente en las emergencias y situaciones extraordinarias.

Que la Ley Nº 12.969 expresa en su Artículo 20º que “Las Asociaciones de Bomberos Voluntarios tendrán por misión la prevención y extinción de incendios y la intervención operativa para la protección de vidas o bienes que resulten agredidos por siniestros de origen natural, accidental o intencional.”

Que el personal de Cuerpo de Bomberos se enfrenta a grandes temperaturas en incendios,  a derrumbes de estructuras y a posibles intoxicaciones de las vías respiratorias, entre otras cosas, poniendo en riesgo su vida de forma permanente para resguardar desinteresadamente a los demás.

Que nuestras y nuestros Bomberos acuden en ayuda de localidades vecinas cada vez que se lo solicitan, sin importar distancias o siniestros, demostrando los valores que desarrollan en cada una de sus acciones.

Que el crecimiento cuantitativo y cualitativo del cuartel local en estos últimos años, con la adquisición de nuevas autobombas y equipamientos, así como las capacitaciones del cuerpo,  lo ha convertido en un ejemplo regional.

Que, por otro lugar cabe resaltar,  que a partir de la sanción de la ley nacional N° 25.425 todos los años se conmemora el 2 de junio como el día del Bombero Voluntario de la República Argentina, en alusión a la fecha de la fundación del primer cuerpo de bomberos de todo el  país en el barrio de La Boca de la ciudad de Buenos Aires. Allí en 1884, Tomas Liberti, un  inmigrante italiano, creó en la calle Brandsen el primer destacamento de Bomberos Voluntarios, bajo el lema “querer es poder”.

Que los Bomberos Voluntarios contribuyen desinteresadamente, y bajo cualquier circunstancia, con la defensa de la vida y bienes de la población; siendo en  muchos casos el único medio con el que la comunidad cuenta para enfrentar los distintos siniestros que se producen.

Que también es oportuno mencionar el valiente aporte que vienen haciendo los bomberos voluntarios de nuestra ciudad en las numerosas situaciones que acontecen, muchas veces ejerciendo roles sociales que exceden largamente su finalidad específica.

            Que en el corriente año el Cuartel de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez, declarado desde el 2012 como “Institución Destacada” de la ciudad, cumple 50 años de vida.

Que, por último, en este contexto también es necesario realizar una intervención integral en la plaza ubicada en la intersección de las calles Bomberos Voluntarios y Mosconi.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 1.619/2.022

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaría de Obras Públicas, acondicione y realice obras de mejora e iluminación en la plaza Bomberos Voluntarios, ubicada en la intersección de calles Ing. Mosconi y Bomberos Voluntarios.

ART.2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 31 de marzo de 2022.

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