Expte. N° 7.703/22
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.
El reclamo de los vecinos por la mala atención en las oficinas de la empresa Aguas Santafesinas S.A, y
CONSIDERANDO:
Que los vecinos de Villa Gobernador Gálvez, reclaman la correcta atención al público de las oficinas de la empresa Aguas Santafesinas S.A, ubicada en Av. San Diego N° 1.011 de nuestra ciudad.
Que los vecinos manifiestan que cada vez que van a realizar un trámite en las oficinas antes mencionadas, los recibe un oficial de policía que les toma los datos y el reclamo, y él mismo se encarga de llevarlos al interior de la oficina buscando alguna respuesta de los empleados del lugar.
Que esta situación irregular no alcanza a satisfacer las necesidades de los vecinos, ya que los mismos no saben si se va a dar curso a su solicitud o de qué manera actuar en caso contrario, ya que el oficial de policía mencionado no les entrega ningún comprobante de trámite iniciado” y los vecinos, bajo ninguna circunstancia, pueden hablar con ningún representante de la empresa, lo que les da la sensación de estar en una incertidumbre total.
Que se entiende que por la pandemia del coronavirus, los horarios y la atención al público de dicha oficina han sido reducidos, pero al flexibilizarse dicha situación, es hora de restablecer la atención al público y brindar a los usuarios una mejor atención.
Que por tal motivo es necesario que el Departamento Ejecutivo Municipal gestione ante la empresa Aguas Santafesinas S.A, la pronta apertura al público de las oficinas ubicadas en Av. San Diego N° 1011, para facilitar a los villagalvenses, los trámites que deban realizar de dicha empresa.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.657/2.022
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaría que corresponda, gestione ante la empresa Aguas Santafesinas S.A, la pronta apertura al público de las oficinas ubicadas en Av. San Diego N° 1.011.
ART.2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaría que corresponda, envíe un informe sobre lo actuado ante la empresa arriba mencionada, en el plazo de 15 días hábiles.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de mayo de 2.022.
