Expte. N° 7.777/22
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario la construcción de una garita de transporte público de pasajeros en la intersección de las calles Temporelli y Rosario.
Que a los fines del resguardo de los vecinos en la espera de las unidades, es de suma importancia la construcción de la misma.
Que los pasajeros de las líneas que circulan en las citadas arterias no cuentan con la señalización adecuada en lo que respecta a las paradas de las mismas.
Que es de suma importancia contar con una garita para atenuar las inclemencias del tiempo.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.703/2.022
ART.1°) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, realice las gestiones correspondientes para la construcción de una garita de transporte público de pasajeros en la intersección de las calles Temporelli y Rosario.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de julio de 2.022.
