Expte. N° 7.785/22
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756;
La Minuta de Comunicación Nº 1980/2012. Bacheo en calle Magallanes desde Libertador a Filippini y señalización pasos ferroviarios,
El Decreto Nº 831/2016. Construcción paso peatonal y bicisenda en calle Magallanes,
El Decreto Nº 1174/2018. Pavimentación de Calles Magallanes y Ruta 25S,
El Decreto Nº 1389/2020. Reponer y mantener las luminarias de calle Magallanes entre las calles Libertador y Pellegrini,
El Decreto N° 1556/2021. Solicitando al DEM estudie la factibilidad de utilizar los recursos del Plan Incluir para incorporar luces LED al alumbrado público de calle Magallanes entre las Avenidas Soldado Aguirre y Libertador,
El Decreto Nº 1706/2022, y
CONSIDERANDO:
Que este cuerpo deliberativo ha aprobado en reiteradas veces normativas referidas al mejoramiento de la calzada de calle Magallanes, más precisamente en el sector de la mencionada comprendido entre las Avenidas Soldado Aguirre y Pueyrredón.
Que los pedidos de los vecinos orientados en el mismo sentido que las normas referidas en el anterior párrafo no han cesado y no abandonarán dicha inercia hasta tanto desde el Estado le brindemos soluciones duraderas.
Que desde el punto de vista vial con respecto a la importancia de una arteria, la valoración es directamente proporcional a la cantidad de tránsito que la signada posee y también a la situación geográfica de la misma con respecto al tendido urbano.
Que siguiendo el lineamiento plasmado en el párrafo precedente, Magallanes recibe durante el día un gran volumen de tránsito de todo tipo, escenario que se exacerba en horas picos, y además es el único nexo territorial existente entre los populosos barrios de Coronel Aguirre y Alto Verde.
Que además comunica a nuestra ciudad con la vecina localidad de Alvear y con la ruta provincial Nº 24; conocido como camino a Cargill y desde aquí a la región. Por lo que no es apropiado a la luz de lo detallado que Magallanes no cuente con condiciones seguras de vialmente hablando.
Que los pasos a niveles en nuestra ciudad son escasos y el bajo número de estos es la causa principal de severos inconvenientes vehiculares que se producen con el paso de formaciones férreas que interrumpen el libre tránsito. A lo largo de la mencionada arteria y en el sector detallado más arriba encontramos la presencia de tres cruces a niveles sobre las vías del ferrocarril del Nuevo Central Argentino (NCA).
Que los tres cruces antes mencionados son a la altura de Soldado Aguirre, Libertador y el más austral de ellos es a la altura de calle Esperanza, por lo que también se suma a todos los vínculos viales descriptos la conexión territorial con el Barrio de igual nombre y el acceso a través de la calle recientemente nombrada a la ruta provincial Nº 21.
Que la denunciada desde Soldado Aguirre y hasta el límite sur del municipio cuenta con carpeta asfáltica hasta el paso a nivel de calle Libertador, zona conflictiva por la falta de veredas y ciclovías y víctima de reiteradas reparaciones, el resto de la arteria hacia el sur hasta la localidad de Alvear es de ripio.
Que su utilización se intensifica en el tramo de la misma comprendido por los dos primeros pasos a niveles mencionados más arriba, mientras que el uso del último de estos se encuentra restringido debido a las condiciones del suelo ya detallado.
Que también calle Esperanzo no presente regularidad en toda su traza, ya que sus extremos están con carpeta asfáltica y un segmento de la misma delimitado por las calles Pasaje Picasso y Las Heras es de ripio. Por lo tanto, esta última condición de la calzada mencionada a igual manera que sucede en Magallanes impide que sean tomadas como opción de tránsito habitual.
Que además la falta de iluminación en ambas arterias es un inconveniente que talla fuertemente a la hora de optar transitar por ellas en horas nocturnas, es sin lugar a dudas otro ítem a solucionar en beneficio claro de la ciudadanía.
Que de contar con calle Magallanes en el sector en cuestión con pavimento y calle Esperanza en igual situación se transformarían en un corredor local sur para administrar vialmente el ingreso de vehículos a la ciudad desde las inmediaciones de la ruta provincial Nº 21 hasta la zona del barrio Coronel Aguirre, y de la misma manera ser utilizadas a la hora de salir de la ciudad.
Que la ruta provincial Nº 24 denominado camino a Cargill se extiende desde la mencionada multinacional hasta autopista Rosario- Buenos Aires, y a lo largo de su trayecto posee distintos accesos, entre ellos calle Ecuador, rutas provinciales N° 21; 25S y 225 S.
Que la ruta nombrada más arriba en la intersección con calle Magallanes posee un precario acceso que posibilita el ingreso de vehículos a la mano de la misma con sentido este – oeste; quedando inexistente cualquier otro tipo de maniobra ya sea para acceder a la ruta a la mano con sentido oeste – este, como así también descender de ella en cualquiera de los sentidos de circulación.
Que la referida ruta se emplaza casi prácticamente en todo el límite sur del municipio, por lo consiguiente podríamos afirmar que circunvala en esa zona a nuestra ciudad, por lo tanto, su utilización con los correspondientes ingresos al ejido urbano desconcentraría el tránsito vehicular.
Que la falta de ingresos y salidas de tránsito denunciadas más arriba constituye una problemática vial que atenta con el fluido y eficaz tráfico vehicular en la zona ocasionando, por ende, congestionamientos en otros sectores de la ciudad por ej. en la ruta Nº 21.
Que es necesario proyectar a la ruta provincial Nº 24 como un acceso sur a la ciudad, ya que por todo lo expresado la referida posee las características necesarias con respecto a su infraestructura para brindarnos distintas alternativas de ingreso y egreso de nuestra ciudad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.710/2.022
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda realice las gestiones pertinentes ante el gobierno provincial para la construcción de ingresos y salidas vehicular de la ruta provincial Nº 24 en la intersección con calle Magallanes.
ART.2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que estudie la factibilidad de incluir al programa de obras públicas la pavimentación en hormigón de calle Magallanes desde Soldado Aguirre hasta la vecina localidad de Alvear.
ART.3°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que estudie la factibilidad de incorporar al plan de obras públicas la pavimentación en hormigón de la calle Esperanza.
ART.4°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en caso de existir fondos suficientes, realice los trabajos de reemplazo de las actuales luminarias por artefactos de luminarias Led en calle Magallanes desde Soldado Aguirre hasta el límite sur del municipio.
ART.5°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en caso de existir fondos suficientes, realice los trabajos de instalación de columnas de alumbrado público con luminarias led en calle Esperanza entre San Rafael y Las Heras y en el resto de la misma el reemplazo de las luminarias existentes por artefactos de luminaria de tecnología Led.
ART.6°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 4 de agosto de 2.022.
