Expte. N° 7.795/22
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756
La sustracción de cables del tendido del alumbrado público y luminarias en calle Mitre entre San Lorenzo y 9 de Julio, y en calle 9 de Julio entre Mosconi y Mitre
El reclamo de los vecinos del lugar, y
CONSIDERANDO:
Que a raíz de hechos vandálicos producidos sobre el alumbrado público instalado en calle Mitre en el segmento comprendido por las calles San Lorenzo y 9 de Julio y en esta última entre las calles Mosconi y Mitre, que tuvieron que ver con la sustracción de cables y la rotura de artefactos lumínicos en el sector en cuestión, este ha quedado sin el servicio de alumbrado nombrado.
Que los hechos denunciados más arriba se producen de manera reiterada dejando a la población del lugar sin el alumbrado correspondiente con las consiguientes consecuencias en horas nocturnas con respecto a la inseguridad.
Que atento a lo detallado más arriba es necesario actuar en consecuencias para corregir las falencias del servicio lumínico mencionado, ejecutando los trabajos necesarios para brindarle no solo a los ciudadanos y ciudadanas del lugar sino que también a los ocasionales transeúntes el correcto funcionamiento del alumbrado público.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.719/2.022
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione ante quien corresponda, los trabajos de reposición de cables pertenecientes a la red de energía eléctrica del alumbrado público de calle Mitre entre las calles San Lorenzo y 9 de Julio; y esta última entre las calles Mosconi y Mitre.
ART.2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda realice la reposición de los artefactos lumínicos dañados del alumbrado público detallado en el artículo Nº 1.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 11 de agosto de 2.022.
