Expte. N° 7.807/22
VISTO:
Ley Nacional de Tránsito 24.449 y modificatorias,
Ley Orgánica de Municipalidades N°2.756,
Código Urbano Municipal – Ordenanza 1.144/95,
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que desde este Cuerpo se debe trabajar para una mejor calidad de vida de vecinas y vecinos de nuestro municipio.
Que es necesario realizar un plan de obras para descomprimir y agilizar el tráfico vehicular, y a colación disminuir los índices de siniestralidad.
Que este plan de obras es importante para la seguridad vial de la región.
Que es necesario la adaptación a los nuevos requerimientos que el sistema de tránsito exige.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.725/2.022
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, se estudie la factibilidad de incluir en un plan de obras la reducción del diámetro de la rotonda sita en la intersección de las Avenidas Leandro Alem y Ruta 21, denominada Gral. José de San Martin, en su tramo metropolitano, con construcción de dársena vial ubicada fuera del borde de la calzada de esta última en su dirección Norte- Sur para el desarrollo de maniobra vehicular de giro hacia la vía transversal.
ART.2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, proceda a la instalación de relojes de cuenta regresiva y artefactos sonorizados para personas con disminución visual en el plan de obras mencionados ut supra.
ART.3°) Una vez cumplimentado lo dispuesto en el artículo 1° el Departamento Ejecutivo Municipal estudiará la factibilidad de permitir el estacionamiento en el sector intervenido de Av. San Martín en sentido de circulación Norte-Sur, siempre que el ancho de la calzada lo permita.
ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 18 de agosto de 2.022.
