Expte. N° 7.818/22
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.
El reclamo de los vecinos y comerciantes de Av. General Juan D. Perón y calle Pablo Iglesias, y
CONSIDERANDO:
Que la boca de tormenta ubicada en la esquina de Av. Juan D. Perón y calle Pablo Iglesias se encuentra en un estado de destrucción avanzada.
Que los vecinos y comerciantes de la zona reclaman que el municipio repare dicha boca de tormenta, pues es muy peligrosa para los peatones.
Qué es deber del municipio atender el reclamo de vecinos; y en este caso de comerciantes, pués este problema se halla en una avenida céntrica de la ciudad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.737/2.022
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, repare de forma prioritaria la boca de tormenta ubicada en Av. General Juan D. Perón y calle Pablo Iglesias, en un plazo de 5 días hábiles.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de agosto de 2.022.