Expte. N° 7.903/22
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que vecinos de la calle Simón Bolívar, en el tramo comprendido entre las calles Bomberos Voluntarios e Iriondo, reclaman por la deficiente y escasa iluminación del lugar.
Que expresan que hace mucho tiempo hay luces que se encuentran averiadas y no funcionan, por lo que han tenido que buscar otras soluciones como poner reflectores costeados por ellos mismo.
Que la falta de iluminación trae como consecuencia reiterados hechos de inseguridad en el lugar, desde asaltos a los niños cuando llegan de la escuela, hasta robos a viviendas.
Que reclaman también por el mal estado en el que se encuentran los contenedores de basura y las distintas dificultades a las que se ven expuestos por este motivo.
Que esta situación representa un gran problema para todos los vecinos ya que la basura termina en las calles y veredas, dificultando el paso de los transeúntes y vehículos.
Que esto genera malestar en los vecinos. favorece a la proliferación de insectos, a la falta de higiene y al mal olor, provocando un foco infeccioso y un aumento de riesgo de contraer enfermedades para quienes viven en las inmediaciones de dichos contenedores.
Que es deber del municipio velar por la salud e higiene de la ciudad, brindando un servicio público de calidad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.780/2.022
ART.1°) El Concejo Deliberante de VIlla Gobernador Gálvez se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la secretaría que corresponda, realice la reposición y mantenimiento de luminarias en la calle Simón Bolívar, en el tramo comprendido entre las calles Bomberos Voluntarios e Iriondo.
ART.2°) El Concejo Deliberante de VIlla Gobernador Gálvez se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice el acondicionamiento de los contenedores de la calle Simón Bolívar, en el tramo comprendido entre las calles Bomberos Voluntarios e Iriondo.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de octubre de 2.022.