Decr. N° 1810/2022 Solicitar al DEM inspeccione el terreno en calle Alvear al 836 y proceda al saneamiento y desmalezamiento, de acuerdo a lo estipulado en la Ord. N° 2724/2022

Expte. N° 7.971/22

VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756; y
La Ordenanza Nº 2724/2020. Modificación del artículo 94° del Código Municipal de Faltas,
El reclamo de los vecinos y vecinas del terreno ubicado en calle Alvear 836.
El total estado de abandono por parte del propietario del terreno sito en calle Alvear 836, y

CONSIDERANDO:
Que vecinos y vecinas del terreno sito en calle Alvear 836 elevaron al Ejecutivo Municipal un reclamo por el estado de abandono por parte del propietario del mismo que ha producido en él gran acumulación de malezas y basura.
Que los aludidos más arriba afirman la negativa por parte del dueño del lote de realizar la correspondiente limpieza del baldío .
Que en virtud de la situación detallada se encuentran víctimas de la proliferación de enfermedades infectocontagiosas y de la presencia de roedores.
Que ante lo planteado recurrieron al Ejecutivo para poner en conocimiento de las autoridades la problemática que los aqueja.
Que como Estado se debe velar por la convivencia sana y segura de todos los habitantes de nuestra ciudad, y para ello actuar en consecuencia para poder solucionar inconvenientes que alteren la mencionada.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.810/2.022

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, inspeccione el terreno sito en calle Alvear al 836; y en caso de corresponder proceda al saneamiento y desmalezamiento del mismo, de acuerdo a lo estipulado en la ordenanza 2.724/2022.

ART.2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que sin perjuicio de lo normado en el artículo 1º y para que prime la rápida solución a los vecinos y vecinas gestione el permiso correspondiente y ponga a disposición los recursos pertinente para solucionar el problema provocado por el abandono del terreno arriba mencionado.

ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 24 de noviembre de 2.022.

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