Expte. Nº 7.331/21.
VISTO:
Las medidas de prevención aconsejadas por el Ministerio de Salud de la Nación en relación con la propagación del coronavirus (COVID-19) para reducir los riesgos derivados de ello;
Los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) Nacionales 260/20, 287/20, 297/20, 311/20, 325/20 y 355/20;
Las Decisiones Administrativas del Poder Ejecutivo Nacional Nros. 429/20, 450/20, 467/20, 468/20 y 490/20;
Los Decretos Provinciales 270/20, 283/20, 293/20 y 304/20;
El Decreto N° 1359/2020; Uso obligatorio de tapaboca en toda la Administración Municipal;
El Decreto N° 1360/2020; Compra de termómetros Láser de distancia infrarrojos;
El Decreto N° 1361/2020; Preparación, capacitación y entrenamiento del personal profesional de la salud de la Municipalidad en pruebas de diagnóstico para la detección de Covid-19;
El Decreto N° 1373/2020; Implementación de análisis del olfato en los controles vehiculares por el aislamiento preventivo, social y obligatorio;
El Decreto N° 1384/2020; Implementación del Plan Nacional Detectar en Villa Gobernador Gálvez;
El Decreto N° 1385/2020; Aplicación del Programa de Emergencia Sanitaria “El Barrio cuida al Barrio” creado por el Gobierno Nacional;
La variante brasileña del SARS-CoV-2 surgida en la ciudad de Manaos; identificada como P.1;
La aparición de casos confirmados de la variante P. 1 en Córdoba;
El hallazgo de dos casos sospechosos de la variante P.1 en Rosario;
El relajamiento social con respecto a las medidas de sanidad para afrontar la pandemia producida por el SARS-CoV-2;
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756; y
CONSIDERANDO:
Que inicialmente, a raíz de la pandemia resultante de la propagación del virus SARS-CoV-2 se implementó, entre otras medidas, el aislamiento social, preventivo y obligatorio como una decisión excepcional del Gobierno Nacional tomada en un contexto crítico con el fin de proteger la salud pública, cuyo objetivo de máxima era la no propagación del virus en la población y de mínima disminuir la cantidad de contagios.
Que la citada medida fue prorrogándose en el transcurso del tiempo hasta el momento de ser reemplazada por otra de carácter más flexible, denominada distanciamiento social, preventivo y obligatorio, dictada a los mismos fines que la anterior y actualmente vigente.
Que todas las acciones antes denunciadas fueron y son adoptadas en virtud de no existir a la fecha un tratamiento médico efectivo de la enfermedad en cuestión, dependiendo sus resultados del grado de acatamiento de la sociedad.
Que, tanto la llegada de las vacunas para dar inmunidad como el sistema de aplicación de las mismas, tienen un ritmo limitado, en la cantidad de dosis como en la velocidad de inoculación, por lo que lograr la mentada inmunidad de rebaño aún se encuentra distante.
Que nuestro país ha atravesado la llamada primera ola de coronavirus, mostrándose en la actualidad “todas las variables sanitarias en ascenso”. En el mismo sentido vemos como en el resto del mundo la diseminación del virus en cuestión ya se encuentra en otros estadios como ser la segunda ola y en algunos casos ya se habla de la tercera.
Que por la llegada del otoño a nuestro territorio y los ejemplos mencionados en el párrafo precedente de cómo actúa la pandemia, la llegada de una segunda ola a nuestra población es de muy alta probabilidad.
Que se ha detectado una variante del coronavirus en la ciudad de Manaos, Brasil, llamada P.1, al parecer más contagiosa pudiendo evadir la inmunidad proporcionada por una infección pasada, según aseguran los científicos que sugieren que la cepa podría ser hasta dos veces más transmisible que el virus previo de Covid – 19, según lo indica el primer estudio detallado sobre el tema, que manifiesta una probabilidad de reinfección con la nueva variante entre el 25% y el 60%. En este contexto Brasil ya superó los 300.000 muertos por Coronavirus.
Que en otros países vecinos la situación también empeora: Paraguay anunció cuarentena estricta desde el sábado próximo; Uruguay suspendió las clases presenciales y la actividad en oficinas públicas y Chile dictó este jueves una nueva cuarentena para el 70% de su población.
Que, recientemente se conoció en Córdoba el primer caso en Argentina de la temida nueva cepa, la variante del virus Sars-Cov-2, que ya provocó miles de muertes por día en el país vecino. Y detectaron en Rosario dos posibles casos de COVID-19 de la contagiosa cepa de Manaos.
Que dados el relajamiento existente en la ciudadanía con respecto al cumplimiento de las medidas antes descriptas, el progresivo pero al mismo tiempo largo proceso de vacunación, el paso del tiempo que produce cansancio a la hora del uso del barbijo, distanciamiento, higiene específica con alcohol en gel, la posible propagación de la nueva variante denunciada, el cambio de estación y las bajas temperaturas que se avecinan con la llegada del otoño y luego el invierno y la permanente amenaza de la segunda ola , es necesaria una acción urgente y clara por parte del Estado para volver a concientizar, proteger y cuidar a la ciudadanía toda.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.506/2.021
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, instruya a la brevedad una nueva campaña informativa de concientización social sobre la importancia del cumplimiento del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio y de las medidas de higiene y seguridad en el marco de la pandemia Covid – 19.
ART.2°) Actúese con los medios pertinentes de control y sanción municipal para evitar transgresiones a las medidas de seguridad mencionadas en el Art. N° 1.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 31 de marzo de 2.021.
Descargar PDF: Decreto N° 1506-2021