Expte. Nº 7.378/21.

 

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756; y

El estado de la calzada de la calle Jean Jaures entre Buenos Aires y Caseros,

El reclamo de los vecinos del lugar, y

 

CONSIDERANDO:

Que el tramo de la calle Jean Jaures en la Sección Catastral no 9 entre las arterias Buenos Aires y Caseros se encuentra en estado deplorable, perjudicando el tránsito y provocando el reclamo permanente de los vecinos del lugar.

Que este sector no posee carpeta asfáltica, su suelo es el resultante de un piso consolidado con escoria y una cubierta de riego asfáltico. El paso del tiempo, los agentes erosivos y la falta de mantenimiento adecuado han deteriorado la superficie.

Que también carece de cordón cuneta en toda su extensión y en ambas veredas, evidenciando falta de un plan de obras viales.

Que los habitantes de la zona en forma recurrente reclaman a las autoridades municipales para que realicen los trabajos necesarios, situación que a la fecha no encuentra respuesta concreta de parte del Departamento Ejecutivo Municipal y deben conformarse con seguir esperando.

Que es necesario  intervenir con un plan de obras públicas que de forma ordenada vaya avanzando en el mejoramiento integral de los barrios, pensando las obras como parte de un todo y no individualmente emparchando baches sin analizar integralmente el movimiento en el lugar.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 1.529/2.021

 

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda,  estudie la factibilidad de la pavimentación de la calzada y construcción de cordón cuneta en toda la extensión de calle Jean Jaures, en el tramo comprendido entre las arterias Buenos Aires y Caseros, Sección Catastral 9.

 

ART.2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,13 de mayo de 2.021.

Descargar PDF: Decr. 1529-21

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