Decr. Nº 1593/21 Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial informe sobre el funcionamiento y entrega de turnos en el Hospital Anselmo Gamen y en los Centros de Salud Provinciales.


Expte. N° 7.545/21 

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756. 

Decreto N° 1366/2020. 

Decreto N° 1510/2021, y

CONSIDERANDO:

Que son reiteradas las quejas y reclamos por parte de vecinos respecto al funcionamiento de los Centros de Salud, señalando dificultades en el acceso a turnos con diferentesprofesionales.

Que ante reclamos de similar naturaleza, este cuerpo sancionó el Decreto N° 1510/2021 que solicitaba el envío de un informe detallado del funcionamiento de todos los centros de salud dependientes del Municipio.

Que en el mencionado Decreto se solicitaban detalles sobre la cantidad de profesionales y sus distintas especialidades; organigrama de atención semanal, estableciendo también loshorarios; y metodología y horario para entrega de turnos.

Que el día 9 de abril del año 2021 la Secretaría de Salud ingresó un informe con los detalles requeridos en el mencionado Decreto.

Que es obligación del Concejo Deliberante bregar por la atención en salud pública y de calidad para toda la población.

Que el Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez aprobó en Abril de 2020 el Decreto N° 1366/20, cuyo artículo 2° solicita un informe al Director del Hospital Anselmo Gamen y a la Coordinación de Centros de Atención Primaria en Salud (CAPS) Provinciales sobre el personal de los efectores de salud provinciales. 

Que al día de la fecha habiendo pasado 17 meses de la aprobación de dicho decreto, este cuerpo no ha recibido el informe sobre el personal de los efectores de salud provinciales correspondientes al citado Art. 2 del Decreto N° 1366/20. 

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 1.593/2.021

ART. 1°)Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal se dirija al Poder Ejecutivo Provincial con el fin de requerir el envío de un informe sobre el funcionamiento del Hospital Dr. Anselmo Gamen y los Centros de Atención Primaria de Salud de dependencia provincial emplazados en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez en el plazo de quince días tras la aprobación de este decreto. El informe deberá incluir una nómina del personal que desempeña tareas en dichos efectores de salud, debiéndose consignar, situación de revista de quienes la integran, lugar donde prestan servicios y modalidad de dicha prestación en términos de días y horarios y un listado de especialidades médicas y no médicas ofrecidas en cada efector.

ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de octubre  de 2.021.

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