DECRETO N° 1958/2024 – Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría que corresponda, envíe a este cuerpo deliberativo en un plazo de 15 días el siguiente informe.

Expte. N° 8.350/24

VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756
La Ordenanza Tributaria N° 3.001/23 período 2.024, (Capítulo III, Derecho de Cementerio, ART.
28° Tasas y Servicios),
Decreto N° 1.284/19 Garantizar la preservación edilicia y patrimonial del Cementerio Municipal
“San Lorenzo”
Decreto N° 1.701/22 Informe sobre cuidado y preservación del patrimonio del Cementerio local.
El reclamo de los vecinos y vecinas, y

CONSIDERANDO:
Que el Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez, aprobó el Decreto N° 1.284 en el año
2.019 con el objeto de que el Departamento Ejecutivo Municipal, realice las gestiones necesarias en
materia de seguridad para garantizar la preservación edilicia y patrimonial del Cementerio local “San
Lorenzo”.
Que en concordancia con el párrafo anterior, en el año 2.022, se sancionó el Decreto N° 1.701
solicitando al Departamento Ejecutivo que envíe información acerca de las medidas adoptadas en
cumplimiento de lo solicitado en el Decreto N° 1.284 del año 2.019.
Que dichas normativas se dictaron en función de los reiterados robos que sufrió el cementerio y
debido también al reclamo de trabajadores del lugar y ciudadanos afectados, quienes describieron a esta
problemática como una práctica de vieja data, también hicieron referencias a las escasas luminarias en el
lugar y la necesidad de priorizar el sistema de vigilancia y/o video vigilancia, ya que estas falencias junto
a otras constituyen un escenario propicio para la proliferación de actos vandálicos.
Que a pesar del dictado de dichos decretos en la actualidad nada ha cambiado con respecto a la
detallada descripción de la situación a la que se hace referencia más arriba, puesto que los hechos que
violentan contra la propiedad privada de nichos y panteones no sólo no han cesado; sino que se han
exacerbados mucho más aún.
Que se ha detectado que en noviembre de 2.023 tres grandes panteones institucionales sufrieron
verdaderos saqueos: manijas, imágenes de Jesucristo, placas y floreros de bronce; cables, llaves de luz,
porta fluorescentes y hasta puertas de aluminio fueron sustraídas.
Que todos estos hechos delictivos atentan directamente al bolsillo del ciudadano que cumple con
la carga tributaria pertinente y encima debe reemplazar las pertenencias robadas para que sus seres
queridos que allí yacen posean la correspondiente identificación, además del daño psicológico que
genera.
Que toda esta problemática requiere de una actuación por parte del Estado Municipal que, de
acuerdo a los reclamos de los propietarios del lugar debido a la constante reiteración de robos y
sustracciones, parece no estar presente.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 1.958/2.024

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la
Secretaría que corresponda envíe a este cuerpo deliberativo en un plazo de 15 días el siguiente informe:

● Medidas adoptadas en cumplimiento de lo solicitado en los Decretos N° 1.284/19 y N° 1.701/22.
● Detalle acerca de las sustracciones y robos sufridos en el cementerio en el lapso estipulado en los
decretos mencionados.
● En caso de poseer personal de seguridad, vigilancia o control, especificar si pertenece al propio
municipio o a una empresa privada.

ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de mayo de 2.024.

AUTOR: JUAN ACOSTA.

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