Expte. N° 8.370/24
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que distintos rodados circulan continuamente a lo largo de calle Corrientes y sobre todo entre las
calles Alvear y 17 de Octubre a alta velocidad.
Que sobre todo las motos circulan con rapidez y en otras circunstancias realizando maniobras de
riesgo no sólo para los conductores sino para los niños y los vecinos de la zona.
Que en la zona mencionada no existen reductores de velocidad; que de manera preventiva eviten
accidentes.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.964/2.024
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la
Secretaría que corresponda, proceda a colocar un reductor de velocidad en Corrientes entre las calles
Alvear y 17 de Octubre y la señalización correspondiente.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 16 de mayo de 2.024.
AUTOR: NICOLAS RAMIREZ

