Expte. N° 8.492/24
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,
La Ley Provincial N°13.055/09,
La Ordenanza N°2.317/15 “Basura Cero”,
La Ordenanza N° 3.057/2.024 que regula la instalación de contenedores en la ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que es de suma importancia concientizar a los ciudadanos sobre la relevancia de cuidar los
contenedores de basura de residuos domiciliarios, fomentando hábitos responsables en la disposición de
residuos.
Que la realización de campañas de concientización sobre el uso correcto de los contenedores,
mencionando a los ciudadanos la prohibición de tirar escombro y ramas de árboles, producen buenos
hábitos de higiene y una gestión correcta de los mismos.
Que organizar talleres en escuelas, centros comunitarios y otros espacios públicos para educar a
la comunidad sobre la importancia de la disposición final de los residuos, es un medio para el cuidado del
ambiente.
Que también es necesario realizar tareas de limpieza, desinfección, monitoreo y seguimiento
regular del estado de los contenedores, a fin de identificar zonas de mejoras.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 2.013/2.024
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la
Secretaría que corresponda realice campañas de concientización para abordar la problemática sobre el uso
indebido y cuidado de los contenedores de residuos domiciliarios.
ART.2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la
Secretaría que corresponda, proceda a realizar periódicamente tareas de limpieza, desinfección y
mantenimiento de los contenedores de residuos domiciliarios.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 22 de agosto de 2.024.
AUTOR: JUAN ACOSTA.


