Expte. N° 8.583/24
VISTO:
La Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449,
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756,
La necesidad de restauración y pintado de las sendas peatonales, y
CONSIDERANDO:
Que las sendas peatonales son un elemento clave para la seguridad vial, ya que permiten a los
peatones cruzar de forma segura en las áreas urbanas.
Que muchas de estas sendas se despintan o deterioran con el paso del tiempo debido al tránsito
vehicular, el clima y la falta de mantenimiento, entre otros, lo que pone en riesgo a los peatones y
conductores en las calles de mayor tránsito.
Que en las intersecciones con las principales avenidas semaforizadas, las sendas peatonales se
encuentran despintadas o inexistentes, lo que incentiva a los conductores a detenerse sobre la línea de
cruce de peatones e interrumpir el paso de los mismos, obstruyendo las rampas para discapacitados
construidas sobre las esquinas.
Que debido al incremento de tránsito vehicular y peatonal en nuestra ciudad, es importante contar
con sendas peatonales visibles y bien señalizadas para prevenir accidentes y poner en riesgo la seguridad
de los peatones y la movilidad urbana.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 2.053/2.024
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la
Secretaría que corresponda, restaure y pinte las sendas peatonales de las avenidas y calles semaforizadas
de nuestra ciudad.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 24 de octubre de 2.024.
AUTORA: PATRICIA GONZALEZ.


