DECRETO N° 2133/2025 – se destine el 50% del FAD no asignado al Club Junín para la realización de diferentes obras de infraestructura y habilitación deportiva del mismo para la practica de actividades

Expte. Nº 8.751/25

VISTO:
El Comodato del Club Junín mediante Ordenanza N° 2.275/14,
La compra de tierras para clubes deportivos de Villa Gobernador Gálvez mediante Decreto N°
1.628/22
La Ordenanza de creación del Fondo de Asistencia al Deporte (FAD) y sus modificatorias;
Ordenanza N° 2.244/14 y N° 2.870/22, y

CONSIDERANDO:
Que el Club Junín tiene una vocación incansable por el deporte, especialmente en la disciplina de
fútbol para adultos veteranos de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez.
Que durante más de 20 años este club ha contenido, cada fin de semana, a cientos de jugadores
amateurs de fútbol provenientes de la ciudad y la región, promoviendo el esparcimiento, el
entretenimiento y la recreación deportiva de numerosas familias.
Que el mencionado club posee un contrato de comodato sobre las tierras que ocupa desde el año
2008, refrendado oportunamente por este Concejo Deliberante, razón por la cual el municipio tiene la
potestad de construir sobre el predio instalaciones necesarias para su correcto funcionamiento.
Que el Fondo de Asistencia al Deporte (FAD) tiene como finalidad promocionar y estimular a
todos los clubes de la ciudad para reparar, construir o mejorar sus instalaciones edilicias.
Que conforme a la normativa vigente en oportunidad de solicitar el FAD, la presente entidad
deportiva no pudo ser beneficiario por no reunir la totalidad de requisitos impuestos por la misma. No
obstante desde la actualización de la actual norma, bajo N°2870/22 podría ser acreedor del mismo.
Que es imperiosa la necesidad de que el Club Junín vuelva a funcionar a pleno en el corto plazo.
Que las instalaciones de baños, vestuarios y buffet pueden ser construidas con la asistencia del
FAD, mediante un proyecto especial propuesto por este Concejo Deliberante y aceptado por el Municipio.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO  Nº 2.133/2.025

ART.1°) Destínese los fondos necesarios para la construcción de baños, vestuarios y buffet en el Club
Junín, imputando a las partidas presupuestarias correspondientes al Fondo de Asistencia al Deporte
(FAD) del ejercicio 2.025, utilizando para tal fin parte del 50% de los recursos no asignados actualmente
a clubes beneficiarios.

ART.2°) La ejecución de la obra será realizada por la municipalidad conforme a los parámetros de la
normativa vigente y el caso particular en concreto.

ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 22 de mayo de 2.025.

AUTOR: JORGE MURABITO.

print
Scroll al inicio