Expte. Nº 8.756/25
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756, Arts. 41º Inc. 11, 39º Inc. 21
CONSIDERANDO:
Que es facultad del Concejo Deliberante “examinar, aprobar o rechazar las cuentas de gastos
ordinarios y extraordinarios que deberá presentar anualmente la Intendencia en el mes de Abril “; según el
Art. 39º Inciso 21 de la Ley N° 2.756.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 3.149/2.025
ART.1°) Apruébase el Estado Patrimonial y la Ejecución del Presupuesto al 31/12/2.024, con todos sus
cuadros y anexos, presentados por el Departamento Ejecutivo Municipal a este Concejo Deliberante en un
total de 60 folios.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 22 de mayo de 2.025.
AUTOR: DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL.

