Expte. Nº 8.812/25
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N°2.756;
El reclamo de los vecinos del barrio Costa Esperanza,
CONSIDERANDO:
Que los vecinos del barrio vienen reclamando hace alrededor de un mes la falta de agua potable,
Que el tanque contenía agua de reserva para los vecinos,
Que los vecinos del barrio vienen reclamando la ausencia de la tolva para la carga domiciliaria,
Que funciona una copa de leche frente a la estructura elevada que sostenía el tanque de agua,
Que el servicio de agua potable es fundamental para el desarrollo de la vida,
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 2.150/2.025
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la
Secretaría que corresponda, reponga el tanque de agua ubicado en calle Misiones altura 01.
ART.2°) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área
correspondiente, se efectivice lo antes posible el abastecimiento del agua potable en barrio Costa
Esperanza.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 05 de junio de 2.025.
AUTOR: DANIELA BERMUDEZ.

