DECRETO N° 2159/2025 – solicitud al DEM de elaborar un mural con el Alfabeto de Señas Argentinas (LSA) en inmediaciones de la Plaza del Ferroviario

Expte. Nº 8.843/25

VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,
La Ley N° 13.258, la cual entró en vigencia en la provincia de Santa Fe el 14 de mayo del
año 2.012 y que tiene como principal objeto el reconocimiento de la “Lengua de Señas Argentina
(LSA), y el derecho que tienen las personas con discapacidades sensoauditivas a usarla como
medio de expresión, comunicación y aprendizaje”.
La Ordenanza N° 2.205/14, mediante la cual la Municipalidad de Villa Gobernador
Gálvez, adhiere en todos sus términos a la Ley Provincial N° 13.258.
El decreto N° 1.265/21, elaboración de murales con el alfabeto de lengua de señas
Argentinas (LSA) en el marco de la “Conmemoración del día Internacional de las personas
sordas”, y

CONSIDERANDO:
Que este Concejo en el año 2.014 mediante la ordenanza N°2.205 adhirió a la ley
provincial N°13.258, dicha normativa establece en su artículo 1° que: “la presente ley tiene por
objeto reconocer la Lengua de Señas Argentina (LSA) y el derecho que tienen las personas con
discapacidades sensoauditivas a usarla como medio de expresión, comunicación y aprendizaje.”
También vale mencionar que en la misma se afirma que “el Estado Provincial deberá garantizar
a las personas con discapacidades sensoauditivas los siguientes derechos a: a) usar la Lengua
de Señas Argentina tanto en esferas de la vida privada como pública; b) relacionarse y
asociarse con otros miembros de su comunidad lingüística; c) mantener y desarrollar la propia
cultura; d) codificar, estandarizar, preservar, desarrollar y promover su sistema lingüístico sin
interferencias de otras lenguas, incluido el castellano.”
Que contemplando la ordenanza 2.205/2.014 es necesario que el Departamento Ejecutivo
Municipal concientice y difunda la utilización de las “Lengua de Señas Argentina (LSA)”
mediante la elaboración en conjunto con el Taller de Lenguas de Señas local, de un mural
alusivo en un lugar visible en el paredón ubicado en la calle del Circuito Vial adyacente a la
Plaza del Ferroviario
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO  Nº 2.159/2.025

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a
través de la secretaría que corresponda, realice, en conjunto con el Taller de Lenguas de Señas
local, un mural con el alfabeto de Lengua de Señas Argentinas (LSA) en un lugar visible en el
paredón ubicado en la calle del Circuito Vial adyacente a la Plaza del Ferroviario.

ART.2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a

través de la Secretaría que corresponda, realice las gestiones correspondientes ante el Nuevo
Central Argentino (NCA) con el objeto de obtener la autorización y consentimiento para la
realización de la tarea encomendada en el artículo 1°.

ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de junio de 2.025.

AUTOR: NICOLAS MORALES.

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