Expte. Nº 8.905/25
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N°2.756;
El reclamo de las y los vecinos de calle Santa Cruz altura 2.600, y
CONSIDERANDO:
Que los vecinos de calle Santa Cruz altura 2.600 realizaron el reclamo correspondiente por
alumbrado público fuera de servicio.
Que los vecinos no han tenido ningún tipo de respuesta por parte de la Cooperativa Integral de
Luz Ltda.
Que dicho servicio es esencial para la luminaria de la zona ya que el barrio por las noches se
encuentra en plena oscuridad y se generan las condiciones para mayor inseguridad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 2.190/2.025
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal , para que a través de la
Secretaría que corresponda, realice las gestiones necesarias ante la Cooperativa Integral Ltda. de Villa
Gobernador Gálvez, para que proceda a reparar la luminaria pública ubicada en calle Santa Cruz altura
2.600.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 14 de agosto de 2.025.
AUTORA: DANIELA BERMUDEZ.

