DECRETO N° 2189/2025 – adhesión al Sistema Nacional de Administración de Infracción (SINAI) de transito

Expte. Nº 8.901/25

VISTO:
El artículo 123 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe, que reconoce la autonomía
municipal y faculta a los municipios para dictar sus propias ordenanzas y administrar sus asuntos locales.
La Ley Provincial Nº 13.133 de Tránsito y Seguridad Vial, que establece el marco regulatorio
provincial y la coordinación con los municipios.
La Ley Nacional Nº 24.449 (Código de Tránsito) y sus modificatorias.
La Ley Nacional Nº 26.363, que crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial y regula el Sistema
Nacional de Administración de Infracciones (SINAI),
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756 y

CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez ha formalizado su adhesión al SINAÍ
mediante la firma del correspondiente convenio, pero a la fecha dicho sistema aún no se encuentra
operativo y de fácil acceso público a la comunidad toda.
Que el SINAÍ constituye una herramienta de alcance nacional que permite unificar, centralizar y
transparentar la gestión de las actas de infracción, posibilitando su consulta y pago desde cualquier punto
del país.
Que numerosos municipios y provincias ya han implementado exitosamente este sistema,
obteniendo mejoras significativas en la eficiencia administrativa, la transparencia de la información y la
reducción de tiempos de resolución de trámites.
Que la población de Villa Gobernador Gálvez demanda y merece un sistema moderno que
simplifique trámites, elimine trabas burocráticas y evite que el vecino deba trasladarse físicamente para
realizar gestiones que pueden efectuarse en forma remota.
Que la puesta en funcionamiento del SINAÍ generará beneficios concretos, entre los que se
destacan:
❖ Acceso digital y remoto a las actas de infracción, evitando desplazamientos innecesarios.
❖ Pago en línea desde cualquier punto del país, con múltiples medios habilitados.
❖ Interconexión entre jurisdicciones, evitando la prescripción o pérdida de infracciones cometidas
en otras ciudades o provincias.
❖ Mayor transparencia en la información y seguimiento de los expedientes.
❖ Reducción de tiempos en la resolución de trámites y notificaciones.
❖ Mejor control y prevención de la reincidencia en infracciones de tránsito.
Que esta medida se enmarca en la necesidad de modernizar el Estado local, acompañando los
procesos de digitalización y gobierno electrónico impulsados a nivel provincial y nacional, con el fin de
brindar un servicio ágil, eficiente y de calidad a la comunidad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO  Nº 2.189/2.025

ART.1º) Dispónese la inmediata puesta en funcionamiento del Sistema Nacional de Administración de
Infracciones (SINAI) en la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, conforme lo establecido en el
convenio ya suscripto con la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

ART.2º) Instrúyese a las áreas competentes para que adopten de forma urgente todas las medidas
técnicas, administrativas y operativas necesarias para la implementación del sistema.

ART.3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que arbitre todas las
medidas necesarias, con el objetivo de implementar un sistema integral, el cual deberá ser de acceso
público, que permita:
a) Consulta y pago en línea de las actas de infracción.
b) Acceso remoto a la información desde cualquier punto del país.
c) Procedimientos claros, transparentes y de rápida resolución.

ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 14 de agosto de 2.025.

AUTOR: JUAN ACOSTA.

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