DECRETO N° 2198/2025 – para que se realice una remodelación integral e la zona de juegos de la Plaza de la Madre

Expte. Nº 8.916/25

VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,
Las condiciones en que se encuentra la zona de juegos infantiles de la denominada Plaza “A la
Madre” de Villa Gobernador Gálvez, y

CONSIDERANDO:
Que las estructuras actuales, principalmente los juegos de madera, se hallan en un marcado estado
de deterioro con astillados, piezas oxidadas y puntas expuestas, representando un riesgo concreto para la
integridad física de los niños y niñas que concurren al lugar.
Que el tobogán existente, por su altura excesiva y la precariedad de sus terminaciones, constituye
un elemento inseguro que puede derivar en accidentes, especialmente en los niños de menor edad.
Que la totalidad del sector destinado a juegos carece de criterios de inclusión y accesibilidad,
imposibilitando la participación plena de niños y niñas con capacidades diferentes, ya sean motoras,
visuales, auditivas u otras.
Que el suelo presenta desniveles y ausencia de material amortiguante, incrementando de manera
significativa la probabilidad de golpes y caídas.
Que ante precipitaciones, el área en cuestión sufre acumulación de agua debido a la falta de un
sistema de drenaje adecuado, lo que inutiliza el espacio y lo convierte en un foco potencial de riesgos
sanitarios.
Que la Plaza “A la Madre” reviste el carácter de plaza principal de la ciudad, constituyendo un
espacio de referencia y punto de encuentro para las familias, la juventud, los adultos mayores y la
comunidad en general, donde se desarrollan actividades sociales, culturales, recreativas y
conmemorativas de relevancia.
Que su localización en la zona comercial más importante de Villa Gobernador Gálvez la
convierte en un ámbito de permanente tránsito y visibilidad.
Que el estado y la funcionalidad de esta plaza representa un verdadero espejo de la ciudad,
proyectando hacia vecinos y visitantes la imagen institucional, comunitaria y cultural de nuestra
localidad.
Que es deber del Municipio garantizar que este espacio público emblemático se encuentre en
condiciones seguras, modernas, accesibles e inclusivas.
Que como ciudad nos corresponde y merecemos tener una plaza en condiciones, apta para
compartir momentos de encuentro, recreación y disfrute, fortaleciendo los lazos comunitarios y brindando
a las familias un entorno saludable, seguro y digno.
Que el Fondo de Seguridad, Salud y Educación (FSSE) municipal contempla la financiación de
obras de infraestructura, mejoras en espacios públicos y equipamiento que contribuyan a la seguridad,
bienestar y disfrute de la comunidad; que la remodelación integral de la zona de juegos de la Plaza “A la
Madre”, incluyendo la instalación de juegos seguros, accesibles e inclusivos, el acondicionamiento del
suelo y la implementación de sistemas de drenaje, constituye una obra prioritaria que se encuentra
alineada con los objetivos del FSSE; por lo tanto, resulta procedente el uso de los recursos de dicho fondo
para la ejecución del proyecto en cuestión.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO  Nº 2.198/2.025

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del
área que corresponda lleve adelante la remodelación integral de la zona de juegos de la Plaza “A la
Madre”, incluyendo las siguientes acciones:
a) Retiro de los juegos de madera deteriorados y reemplazo por equipamiento nuevo, seguro,
inclusivo y accesible para todos los niños y niñas.
b) Sustitución del tobogán actual por un juego reglamentario de altura adecuada y diseño
seguro, evitando elementos cortantes, punzantes o riesgosos.
c) Acondicionamiento integral del sector de juegos, incluyendo nivelado del suelo, instalación
de material amortiguante y/o antideslizante.
d) Obras de drenaje que impidan la acumulación de agua, garantizando el uso seguro durante
todo el año.

ART.2°) Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones presupuestarias,
administrativas y contractuales necesarias para la adquisición de los juegos, materiales y la ejecución de
las obras mencionadas en el Artículo 1°, incluyendo la utilización de los recursos del Fondo de
Seguridad, Salud y Educación (FSSE) municipal.

ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 21 de agosto de 2.025.

AUTOR: JUAN ACOSTA.

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