DECRETO N° 2233/2025 – para que el DEM de cumplimiento al Decreto N° 2069/2024

Expte. Nº 9.001/25

VISTO:
El Decreto N° 2.069/24;
La Ley Nacional N° 2.873 “Ley General de Ferrocarriles Nacionales”;
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756, Artículo 39, Inciso 34; y

CONSIDERANDO:
Que desde la aprobación del mencionado Decreto, el pedido continúa sin respuesta ni ejecución
por parte de las áreas competentes.
Que en dicho sector se han registrado diversos accidentes de tránsito, uno de ellos ocurrido
recientemente con consecuencias fatales.
Que esta situación pone de manifiesto la urgente necesidad de adoptar medidas de seguridad vial
adecuadas, a fin de evitar nuevos siniestros.
Que la correcta señalización y la instalación de barreras automáticas, luces intermitentes y
alarmas sonoras constituyen herramientas esenciales para prevenir accidentes y proteger la integridad
física de los vecinos que transitan por esta arteria.
Que resulta pertinente instar a las Secretarías municipales competentes a realizar las gestiones
necesarias o, en su caso, a interceder formalmente ante la empresa Nuevo Central Argentino (N.C.A.),
responsable de la traza ferroviaria, y ante las autoridades de la vecina ciudad de Alvear, tratándose de una
zona limítrofe de tránsito compartido.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO  Nº 2.233/2.025

ART.1º) Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la Secretaría que corresponda,
dé efectivo cumplimiento en todos sus términos al Decreto N° 2.069/24, gestionando ante la empresa
Nuevo Central Argentino (N.C.A.) la inmediata instalación de barreras automáticas, luces intermitentes y
alarmas sonoras y renovación de la cartelería de señalización, dado su deterioro en el cruce ferroviario
ubicado en la intersección de la Ruta S22 (Presidente Raúl Alfonsín) y la Ruta S24 (Acceso a Cargill).

ART.2º) Instrúyase al Departamento Ejecutivo Municipal a evaluar la factibilidad de un trabajo conjunto
con la Municipalidad de Alvear, y la empresa N.C.A. a fin de mejorar integralmente la seguridad vial y
ferroviaria en la zona.

ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de noviembre de 2.025.

AUTOR: JUAN ACOSTA.

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