ORDENANZA N° 3195/2025 – modificación ordenanza N° 1144/95 (Codigo Urbano Municipal)

Exptes. Nº 8.993/25 y 9.009/25

VISTO:
La nota presentada por el Departamento de Topografía y Catastro de la Municipalidad de Villa
Gobernador Gálvez, ingresada por Mesa de Entrada del Concejo Deliberante en fecha 09/09/2025 la que
fuera posteriormente remitida a la Comisión del Código Urbano.
La Ordenanza N° 1.144/95 (Código Urbano de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez)
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756, Art. 39°, Inc. 7), y

CONSIDERANDO:
Que la periferia al Distrito Industrial I8 se encuentra altamente urbanizada.
Que es necesario preservar las condiciones psicofísicas de los habitantes en torno a este Distrito
Industrial.
Que tal situación amerita considerar los argumentos del Departamento de Topografía y Catastro,
de manera tal de avanzar en la redacción de la presente Ordenanza de rezonificación que implica la
modificación del Código Urbano Municipal.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA  Nº 3.195/2.025

ART.1º) Modifíquese la Ordenanza N° 1.144/95 (Código Urbano Municipal) y sus modificatorias,
modificándose los Distritos I8, M4 y E1-7 en el art. 4.1.5 (Delimitación de los Distritos), Capítulo IV del
Código Urbano Municipal, por el siguiente texto:

Distrito I8
Limites
Norte: Los terrenos frentistas sobre la prolongación de Calle Alta Gracia (vereda impar), desde la parcela
51A/1 hasta la parcela 51A/5 inclusive.
Este: Está conformado por el límite Este de la parcela 51A/5, entre la prolongación de Calle Alta Gracia
y Calle Monte Hermoso.
Sur: Todos los lotes frentistas sobre Calle Monte Hermoso (vereda par), desde la parcela 51A/1 hasta la
parcela 51A/5 inclusive.
Oeste: Está conformado por el límite Oeste de la parcela 51A/1, entre la prolongación de Calle Alta
Gracia y Calle Monte Hermoso.

Distrito M4
Limites
Norte: El límite Norte de las parcelas 49 y 51B- B , desde Av. Caseros hasta Av. San Martín.
Este: El lado Este de la parcela 51B- B y el lado este de la manzana 114 (vereda par) desde la prolongación
de Calle Alta Gracia hasta Calle Los Paraísos.
Sur: El lado sur de la Parcela 49 entre Av. Caseros y Calle Pública.
Los frentistas sobre Calle Monte Hermoso (vereda par), desde el límite oeste de la Parcela 51A/6
hasta Calle Alcorta.

El lado sur de la manzana 114 (vereda par), desde Calle Alcorta hasta Av. San Martín.
Oeste: El lado Oeste de la parcela 49, desde Ruta Prov. N° 21 (a Cargill) hasta Calle Alta Gracia.
El lado Oeste de la parcela 51A/6, desde Calle Alta Gracia hasta Calle Monte Hermoso. El lado
Oeste de la Manzana 114 (vereda impar), desde Calle Monte Hermoso hasta Calle Los Paraísos.

Distrito E1-7
Limites
Norte: El límite Norte de las manzanas 101, 102, 103, 107A, 108A, 110, 109A y la parcela 51B, desde
Av. Caseros hasta Calle Pública.
Este: El lado este de la Parcela 51B, desde la prolongación de Calle Alta Gracia hasta Calle Monte
Hermoso.
El lado Oeste del Distrito D3.
Sur: El lado sur de la Parcela 52/2 entre la Prolongación de Av. Caseros y el lado Oeste del Distrito D3.
Oeste: El lado Oeste de las Manzanas 101 y 104, y la parcela 52/2 desde Calle Alta Gracia hasta el límite
con la Ciudad de Alvear.

ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de noviembre de 2.025.

AUTOR: DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL.

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