Decreto N° 2262/2026 – Se proceda a la ejecución de obra de desagüe pluvial en calle Guido Spano al 1800

Expte. Nº 9.070/26

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756;

La nota presentada por vecinos frentistas de calle Guido Spano al 1.800, entre Avenida Filippini y calle Buenos Aires, mediante la cual solicitan la ejecución de una obra de desagüe pluvial;

La normativa local que regula el Fondo de Salud, Seguridad y Educación (FSSE);

Las reuniones y actuaciones mantenidas con el Departamento Ejecutivo Municipal en relación a la problemática planteada; y

CONSIDERANDO:

Que el sector mencionado presenta anegamientos recurrentes ante lluvias moderadas o intensas, producto de la insuficiencia del sistema de escurrimiento pluvial existente.

Que la acumulación de agua genera deterioro de la calzada, obstrucción de la circulación peatonal y vehicular y afectaciones directas a los vecinos frentistas.

Que se han verificado episodios de derrames y presencia de líquidos contaminantes en la vía pública, configurando situaciones que afectan la salubridad urbana y favorecen la proliferación de vectores.

Que la problemática descripta impacta directamente en condiciones de salud pública y seguridad

urbana.

Que el Fondo de Salud, Seguridad y Educación (FSSE) tiene por finalidad financiar infraestructura y obras vinculadas a la mejora de condiciones sanitarias, de seguridad y calidad de vida de la comunidad, pudiendo aplicarse a obras menores de infraestructura cuando estas contribuyan a tales fines.

Que la ejecución de un conducto pluvial en el tramo indicado constituye una solución estructural adecuada para mitigar los riesgos señalados.

Que subsidiariamente el régimen de Contribución por Mejoras constituye una herramienta legal válida para el financiamiento de obras que benefician de manera directa a los inmuebles frentistas.

Que resulta deber del Estado municipal garantizar condiciones adecuadas de infraestructura, higiene y prevención sanitaria.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO  Nº 2.262/2.026

ART.1°) Dispóngase que el Departamento Ejecutivo Municipal proceda a la ejecución de la obra de desagüe pluvial en calle Guido Spano al 1800, entre Avenida Filippini y Buenos Aires, conforme proyecto y factibilidad técnica que determine el área competente del Departamento Ejecutivo Municipal.

ART.2°)  Establézcase quela obra deberá financiarse con recursos del Fondo de Salud, Seguridad y Educación (FSSE), en virtud de su vinculación directa con la mejora de condiciones sanitarias y de seguridad urbana.

ART.3°) En caso de no resultar procedente la afectación total o parcial del FSSE, el Departamento Ejecutivo deberá instrumentar su ejecución mediante el régimen de Contribución por Mejoras u otra fuente de financiamiento legalmente disponible.

ART.4°) La obra deberá incorporarse con carácter prioritario al plan de obras vigente, estableciéndose un cronograma cierto de inicio y finalización.

ART.5°) Hasta tanto se determine la viabilidad de la obra definitiva, deberán garantizarse tareas periódicas de mantenimiento, limpieza y control sanitario del sector.

ART.6°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 9 de abril de 2026.

Autor: Juan acosta

print
Scroll al inicio