Expte. N° 7.988/22
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, y
CONSIDERANDO:
Que la colocación de reductores de velocidad en la calle Marcos Paz entre calle Levalle y Pasaje
3 es un pedido de los vecinos.
Que en dicha zona circulan a diario niños y niñas y resulta necesario que se coloquen lomos de burro para evitar posibles accidentes de tránsito, lo que a su vez, brindaría mayor seguridad y tranquilidad a los vecinos.
Que la cuadra, alencontrarse nivelada, es una invitación a que los vehículos circulen a alta velocidad, lo que genera riesgos tanto a las personas que residen en ese lugar como a los transeúntes.
Que los “lomos de burro o lomadas” ayudan a disminuir la velocidad de los vehículos que circulan en dicha calle.
Que los propios vecinos optaron por juntar firmas para que se puedan hacer dichas “lomos de burro o lomadas”.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.815/2.022
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda coloque reductores de velocidad en la calle Marcos Paz entre Levalle y Pasaje 3.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 15 de diciembre de 2.022.
