Que el Departamento Ejecutivo Municipal eleva Ad Referéndum de este Concejo Deliberante el Decreto N° 8.356/2023 de fecha 12 de enero de 2.023, referido a la creación de una partida presupuestaria para la recepción de fondos en el marco del Programa Fondo de Fortalecimiento de Videovigilancia para Gobiernos Locales, provenientes del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe
el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, ha transferido la suma de $4.000.000.- (Pesos Cuatro Millones) al Nuevo Banco de Santa Fe CC N° 2/00 Renta Generales, destinada a la puesta en marcha o el fortalecimiento de los SISTEMAS DE VIDEOVIGILANCIA
Expte. N° 8.007/23
VISTO:
La Ley 2.756, Art. 39° Inc. 8 y Art. 41° Inc. 25,
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal eleva Ad Referéndum de este Concejo Deliberante el Decreto N° 8.356/2023 de fecha 12 de enero de 2.023, referido a la creación de una partida presupuestaria para la recepción de fondos en el marco del Programa Fondo de Fortalecimiento de Videovigilancia para Gobiernos Locales, provenientes del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe.
Que dicha recepción de fondos no había sido contemplada en el presupuesto municipal vigente, y por lo tanto, resultó necesario realizar una modificación en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente para contemplar la situación descripta.
Que el día 6 de enero de 2.023, el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, ha transferido la suma de $4.000.000.- (Pesos Cuatro Millones) al Nuevo Banco de Santa Fe CC N° 2/00 Renta Generales, destinada a la puesta en marcha o el fortalecimiento de los SISTEMAS DE VIDEOVIGILANCIA en el marco de lo previsto en el Art. 4 inc. e) de la Ley N° 14.070, Resolucion del Ministerio de Seguridad N° 1.301/2.022.
Que es atribución del Concejo Deliberante aprobar Ad Referéndum los asuntos enviados por el Departamento Ejecutivo Municipal.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.817/2.023
ART.1º) Apruébase el Decreto N° 8.356/2.023 del Departamento Ejecutivo Municipal, de fecha 12 de enero de 2.023, elevado Ad Referéndum de este Concejo Deliberante.
ART.2°) El Departamento Ejecutivo Municipal deberá informar al Concejo Deliberante rendicion del gasto efectuado con posterioridad al mismo.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 07 de febrero de 2.023.
