Expte. N° 8.046/23
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756
El reclamo de los vecinos y las vecinas, y
CONSIDERANDO:
Que es un pedido de los vecinos de calle Intendente Andreu y Córdoba, reclamando la necesidad de colocar reductores de velocidad.
Que en dicha arteria circulan niños diariamente y se necesita que se realicen lomos de burro para prevenir accidentes de tránsito, brindando mayor seguridad y tranquilidad a los vecinos, ya que a los pocos metros hay un Jardín de Infantes.
Que los propios vecinos optaron por juntar firmas para que se pueda hacer “LOMADAS “.
Que las “LOMADAS” ayudan a minimizar la velocidad de los vehículos que circulan por la calle.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.824/2.023
ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda realice la colocación de reductores de velocidad en la calle Intendente Andreu y Córdoba.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de abril de 2.023.
“Año del 40° Aniversario de la Restauración Democrática en Argentina”.

