Expte. N° 8.050/23

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,

El reclamo de los vecinos/as y;

CONSIDERANDO:

Que los vecinos reclaman por la reparación del refugio del servicio de transporte público de pasajeros, ubicado en la esquina de la Plaza a la Madre, calle Juan Domingo Perón y Avda. San Martin.

Que el techo de la garita no se encuentra en óptimas condiciones y es un riesgo para la vida de los ciudadanos que esperan el ómnibus allí.

Que la parada del colectivo es utilizada por una gran cantidad de vecinos que se dirigen hacia sus trabajos, estudios y/o recreaciones.

Que es necesario el trabajo de renovación y reposición para que cumpla con su función de brindar protección ante condiciones climáticas adversas.

Que tiene que ser adecuada para tener protección en torno a las inclemencias del tiempo especialmente en los días de tormentas, como así también de otorgar la posibilidad de que vecinos de la ciudad puedan sentarse mientras aguardan la llegada de los colectivos.

Que es deber del municipio mantenerlas en condiciones y velar por la seguridad de los ciudadanos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 1.826/2.023

ART.1°) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaria de Obras Publicas se realice el reacondicionamiento de la garita del servicio de transporte público de pasajeros ubicada sobre la Avda. General Juan Domingo Perón en la intersección con Avda. San Martin

ART.2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de abril de 2.023.

“Año del 40° Aniversario de la Restauración Democrática en Argentina”.

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