Expte. N° 8.066/23
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N°2.756,
Reclamo de los vecinos y;
CONSIDERANDO:
Que la boca de tormenta de calle Julio Argentino Roca intersección Victoria se encuentra en condiciones de deterioro absoluto.
Que, al encontrarse en mal estado, sin tapa y sin protección inquieta a los vecinos del lugar.
Que los mismos manifiestan su preocupación y reclaman por la reparación de la problemática mencionada anteriormente, para así evitar futuros accidentes ya que es un peligro para quienes transitan por el lugar diariamente.
Que en los días de tormenta, los residuos y sedimentos que se encuentran en su interior, obstruyen el paso del agua y producen inundaciones.
Que su reparación es fundamental no solo para mejorar el drenaje del agua y sino que también, para evitar anegamientos en las calles ante cualquier precipitación.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal tomar medidas concretas para evitar futuros accidentes e inundaciones y así mejorar la calidad de vida de la comunidad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.834/2.023
ART.1º) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la reparación de la boca de tormenta ubicada en calle Julio Argentino Roca intersección con calle Victoria.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de abril de 2.023.
“Año del 40° Aniversario de la Restauración Democrática en Argentina”.

