DECRETO Nº 1847/2023 El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda realice campañas de difusión masiva para concientizar a la sociedad e incentivar a vecinos y vecinas sobre la importancia de la participación ciudadana de los organismos no gubernamentales e instituciones intermedias como ser vecinales, clubes deportivos y cooperadoras.

Expte. N° 8.094/23

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756

Los organismos no gubernamentales, asociaciones civiles y cooperadoras,

La importancia de la participación ciudadana en las instituciones intermedias, y

CONSIDERANDO:

Que los organismos no gubernamentales, en su mayoría asociaciones civiles que forman parte de la sociedad como vecinales, clubes deportivos y también como distintas cooperadoras que se conforman dentro del espacio físico de un colegio o de otro destacamento estatal ya sea de las fuerzas de seguridad son importantísimas unidades de gestión para desarrollar las distintas actividades inherentes a cada una de ellas.

Que las instituciones referidas en el párrafo anterior están conformadas por diversos individuos que se interesan en las distintas problemáticas de la ciudad y se asocian para poder juntos intentar encontrarles soluciones a las mismas.

Que la principal herramienta participativa de la ciudad para las vecinas y vecinos son las vecinales, justamente porque son organizaciones de vecinos con sede propia, sin fines de lucro, cuyo objetivo es fomentar la participación generando sentido de pertenencia y posibilitando el involucramiento de los vecinos en las políticas públicas.

Que los clubes de barrio son asociaciones civiles que no tienen como objetivo tener ganancias económicas. Los objetivos de estos clubes son: desarrollar actividades deportivas no profesionales, poner sus instalaciones a disposición para la educación no formal, el fomento cultural de todos sus asociados y la comunidad a la que pertenecen y promover el respeto del ambiente.

Que las Asociaciones Cooperadoras, son organizaciones civiles privadas que colaboran con un organismo del Estado, contribuyendo al cumplimiento de los fines para los cuales el ente estatal fue creado. Son entidades no gubernamentales. Sin embargo, adquieren ciertas características que las ligan directamente al funcionamiento y suerte de la administración pública y le restan capacidad de acción. Son organismos esencialmente de colaboración, que cumplen funciones indiscutiblemente estatales, e incluso ejecutan fondos públicos bajo la tutela permanente del Gobierno.

Que en definitiva todas las asociaciones mencionadas necesitan para su funcionamiento la participación ciudadana, tan necesaria para la vida misma de las de las referidas. Por eso como estado debemos concientizar a la población de la vital importancia de formar parte de alguna de ellas para el mejoramiento de la vida cotidiana para el mejor control de las políticas públicas y para el mejoramiento integral de la sociedad.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 1.847/2.023

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda realice campañas de difusión masiva para concientizar a la sociedad e incentivar a vecinos y vecinas sobre la importancia de la participación ciudadana de los organismos no gubernamentales e instituciones intermedias como ser vecinales, clubes deportivos y cooperadoras.

ART.2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, brinde a las instituciones locales referidas en el artículo 1° los recursos necesarios para facilitarles tareas de convocatoria a reuniones, difusión de las gestiones realizadas y otra cualquier actividad inherente a las funciones que cumplen.

ART.3°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 1 de junio de 2.023.

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