DECRETO Nº 1866/2023 El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal a los fines que solicite, a la mayor brevedad posible, ante el Fiscal Regional del Ministerio Público de la Acusación de la Provincia de Santa Fe, Segunda Circunscripción Rosario, la definitiva radicación de una sede u oficina de dicho organismo en Villa Gobernador Gálvez.

Expte. N° 8.122/23

VISTO:

La Ley Provincial Nº 13.013/09 (Ley Orgánica del Ministerio Público de la Acusación)

La Ordenanza Nº 2.179/14 (Creación Oficina o Delegación oficial Provincial para el funcionamiento de una fiscalía en Villa Gobernador Gálvez)

El Decreto Nº 855/16 (Se retome las gestiones para la apertura de una delegación local del Ministerio Público de la Acusación-Fiscalía en Villa Gobernador Gálvez)

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756

CONSIDERANDO:

Que en el año 2.009 se sancionó la Ley Provincial Nº 13.013 disponiendo la creación del Ministerio Público de la Acusación (MPA) como órgano del Poder Judicial encargado de investigar los delitos penales que se cometen en todo el territorio santafesino.

Que dicho organismo comenzó a funcionar el 10 de febrero de 2.014 en el marco de un   esquema de enjuiciamiento oral y público, de características inéditas en el sistema de justicia santafesino.  Instaurándose un modo de enjuiciamiento penal acusatorio que se caracteriza por la oralidad del proceso penal y por su carácter público y adversarial.

Que la Ley Provincial Nº 13.013 determina en su artículo 17º el establecimiento de “cinco fiscalías regionales, ubicadas una en cada una de las circunscripciones judiciales existentes”, donde “…cada fiscal regional será el jefe del Ministerio Público de la Acusación en la división territorial para la que fue designado, y el responsable del buen funcionamiento de la institución en el área respectiva”. Al tiempo que “ejercerá las atribuciones que la ley le otorga al Ministerio Público de la Acusación por sí mismo o por intermedio de los órganos que de él dependan”.

Que en el artículo 20º de la mencionada norma se establece que “los fiscales tendrán a su cargo el ejercicio de la acción penal pública de acuerdo a la distribución de trabajo dispuesta por los fiscales regionales, quienes determinarán la cantidad, el asiento y el área territorial de incumbencia de las fiscalías”.

Que tras la puesta en funcionamiento del Ministerio Público de la Acusación (MPA), este Concejo aprobó la Ordenanza Nº 2.179 declarándose “la necesidad de la apertura o instalación, en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, de una Oficina o Delegación Oficial de la Justicia Provincial, para el funcionamiento de un Fiscal del Ministerio Público de la Acusación, para el desarrollo de las actividades y responsabilidades que le son impuestas por el Código Procesal Penal de Santa Fe en vigencia, Ley 12.734”.

Que entre los considerandos de la Ordenanza Nº 2.179 se argumentaba que la nueva normativa procesal proveía al representante del Ministerio Público de “herramientas alternativas de resolución de conflictos originados por el delito, en la medida, claro está, que el tenor o gravedad del ilícito imputado así lo permita”. Destacándose además que “el Fiscal actuante puede priorizar y agilizar la investigación y persecución penal pública en los casos de mayor gravedad, y aplicar a los de menor daño social preceptos alternativos de reparación a la víctima por parte del autor del ilícito”.

Que en la precitada fundamentación se resalta además el “precepto o principio de INMEDIATEZ” como principal motivación para la sanción de la ordenanza con miras a que “la Justicia Penal tome contacto directo con las víctimas de delitos, con los hechos, testigos y demás pruebas de cargo”, en el ámbito territorial de Villa Gobernador Gálvez.

Que en el año 2.016 este cuerpo legislativo solicitó nuevamente la apertura de una delegación de la Fiscalía Regional Nº 2 en nuestra ciudad por medio del Decreto Nº 855,  dirigiéndose al Departamento Ejecutivo Municipal para que inste, en forma perentoria, ante el Fiscal Regional del Ministerio Público de la Acusación de la Provincia de Santa Fe, Segunda Circunscripción Rosario “la definitiva y permanente instalación,  en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, de una Oficina de ese Organismo; todo ello conforme al mandato contenido en la Ordenanza N° 2.179/14”.

Que pasados dos años de esta nueva solicitud, en noviembre de 2.018, fue presentada por el Fiscal General de la provincia, Jorge Baclini, y su par Regional, Patricio Serjal, la fiscal Lorena Aronne como representante del MPA en nuestra ciudad, quien desempeñó funciones en el Centro Territorial de Denuncias local hasta su nombramiento como Jueza Penal de Primera Instancia a finales de 2.022.

Que actualmente los representantes del Ministerio Público de la Acusación desempeñan funciones dos días a la semana en el Centro Territorial de Denuncias, resultando ello insuficiente en relación a la cantidad de conflictos suscitados en nuestra ciudad y al número de denuncias a receptar.

Que la relevancia de Villa Gobernador Gálvez, tanto en términos demográficos como por el número y la complejidad de los hechos delictivos que se producen en su ámbito territorial, vuelve imprescindible la radicación definitiva de una sede u oficina del Ministerio Público de la Acusación como las existentes en Cañada de Gómez, Casilda, San Lorenzo y Villa Constitución, todas ellas comprendidas dentro de la Fiscalía Regional 2 (FR2).

Que creemos que dicha medida constituiría un nuevo avance en el marco de las políticas de descentralización que publicita el Ministerio Público de la Acusación en su página institucional, garantizando así una representación acorde del organismo frente a las múltiples demandas a satisfacer por el sistema de justicia en nuestra ciudad.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 1.866/2.023

ART.1º) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal a los fines que solicite, a la mayor brevedad posible, ante el Fiscal Regional del Ministerio Público de la Acusación de la Provincia de Santa Fe, Segunda Circunscripción Rosario, la definitiva radicación de una sede u oficina de dicho organismo en Villa Gobernador Gálvez.

ART.2º) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez solicita al Departamento Ejecutivo Municipal gestione  ante el Fiscal Regional que durante el tiempo que demande la instalación de la sede mencionada en el artículo precedente, la fiscalía que representa al Ministerio Público de la Acusación en nuestra ciudad funcione de Lunes a Viernes con una amplitud horaria no menor a cinco horas diarias en el Centro Territorial de Denuncias sito en calle Bomberos Voluntarios 2013, o en un local alternativo que dicho organismo asigne para la atención al público.

ART.3°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 15 de junio de 2.023.

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