DECRETO Nº 1902/2023 El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaría que corresponda realice las tareas de mejorado y compactado de calle Cambeira a la altura del 500 al 600.

Expte. N° 8.180/23

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756. 

El reclamo de los vecinos de calle Cambeira a la altura del 500 al 600, y 

CONSIDERANDO: 

Que en la calle Cambeira a la altura del 500 al 600, los vecinos reclaman el mal estado de la calzada, ya que la misma se encuentra intransitable, situación que se agrava los días de lluvia, producto que se forman baches y pozos de gran tamaño. 

Que dicho deterioro del pavimento acrecienta la probabilidad de accidentes tanto entre vehículos como para las personas que transitan por dicha calle. 

Que es deber del municipio el mantenimiento de las calles de la Ciudad, prestando especial atención a la prevención de todo tipo de accidentes que puedan ocurrir en la vía pública. 

Que es necesario realizar en la calle antes mencionada trabajos de compactado y mejorado de la misma. 

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 1.902/2.023

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaría que corresponda realice las tareas de mejorado y compactado de calle Cambeira a la altura del 500 al 600, en un plazo no mayor a 10 días hábiles. 

ART.2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 31 de agosto de 2.023.

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