DECRETO Nº 1918/2023 El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que:Designe a los integrantes de la Comisión de Preservación del Patrimonio Histórico Cultural

Expte. N° 8.211/23

VISTO:
La Ley nacional N° 12.665. Comisión de Museos, Monumentos y Lugares Históricos,

La Ley nacional N° 25.197  Registro del Patrimonio Cultural Nacional,

La Ley nacional N° 25.743. Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico, y su                               decreto reglamentario 1.022/04,

             La Ley Provincial N° 12.208 “Patrimonio Cultural”,

La Ley Provincial N° 13.711. Declaración Monumento Histórico Provincial Iglesia Antigua San Enrique,

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756 Art 39,

             La Declaración N° 351/16. Monumento Histórico de la ciudad Iglesia Antigua San Enrique,

La Ordenanza N° 2.772/21 Creación de la Comisión de Preservación del Patrimonio Histórico Cultural,

La Ordenanza N° 2.522/18, Solar de calle Levalle y Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

  Que en el año 2.021 este Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza N° 2.772 la cual  tiene como objeto la investigación, protección, preservación, salvaguarda, restauración, promoción, acrecentamiento, restitución, difusión y transmisión a las generaciones futuras del patrimonio cultural, histórico, arquitectónico, urbanístico, paisajístico y ambiental de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez.

Que en dicha iniciativa fundamenta sólidamente desde una perspectiva amplia considerando al patrimonio histórico como: “todo bien y/o el conjunto de bienes, en sus aspectos tangibles e intangibles, materiales y simbólicos, que por importancia específica y/o atribuida, se consideren de esencial significado para el conocimiento del pasado y para el desarrollo socio-cultural de la ciudadanía, cualquiera sea su régimen jurídico y titularidad.”

Que es necesario destacar la integralidad de la normativa pues aborda la cuestión desde distintas aristas, creando también un fondo específico para garantizar la correcta preservación del patrimonio cultural de nuestra comunidad.     

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 1.918/2.023

ART.1º)  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que:

  • Designe a los integrantes de la Comisión de Preservación del Patrimonio Histórico Cultural en un plazo de 30 días.
  • Invite a las partes integrantes a designar sus representantes para la conformación de la Comisión, en el plazo establecido en el punto anterior.
  • Convoque a una primera reunión de la Comisión de Preservación del Patrimonio Histórico Cultural en el plazo de 60 días. 

ART.2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de octubre  de 2.023.

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