DECRETO Nº 1926/2023 El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que en un plazo máximo de treinta (30) días tras la aprobación del presente, informe a este cuerpo sobre el número de vacantes de cargos correspondientes a la Secretaría de Salud y Medio Ambiente, detallando la especificidad de los mismos en términos de funciones.

Expte. N° 8.234/23

VISTO: 

La Ley Provincial N°2.756

Las vacantes de cargos producidas en la Secretaría de Salud y Ambiente Municipal,  y

CONSIDERANDO: 

Que en los últimos tiempos se produjeron vacantes de cargos en la Secretaría de Salud y Ambiente, las cuales  atentan contra el correcto funcionamiento de la repartición y a la provisión de servicios de salud que de ella dependen.

Que consideramos de urgente resolución que el Departamento Ejecutivo Municipal ofrezca precisiones sobre el número de cargos vacantes correspondientes a dicha Secretaría remitiendo a este cuerpo legislativo la plantilla con el detalle de los mismos.

Que resulta indispensable que dichas vacancias sean cubiertas a la mayor brevedad posible evitándose el “traslado” o la reasignación presupuestaria de estos cargos a otras secretarías, garantizando de este modo la adecuada prestación de los servicios de salud a los vecinos de nuestra ciudad.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 1.926/2.023

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que en un plazo máximo de treinta (30) días tras la aprobación del presente, informe a este cuerpo sobre el número de vacantes de cargos correspondientes a la Secretaría de Salud y Medio Ambiente, detallando la especificidad de los mismos en términos de funciones.

ART.2°)  El Concejo Deliberante insta al Departamento Ejecutivo Municipal a cubrir las vacancias referidas en el artículo anterior a la mayor brevedad posible respetando el escalafón a los fines de no afectar el normal funcionamiento de dicha repartición ni los servicios de salud que la misma dispensa a los ciudadanos.

ART.3°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 14 de noviembre  de 2.023.

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