Expte. N° 8.307/24
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756
La Ordenanza N° 2.844/21 “Aprobación condiciones generales y particulares que reglamentan los
procedimientos de compras y contrataciones”.
La Ordenanza N° 2.997/23 “Prorrogase la Emergencia Alimentaria desde el 01 de enero del 2.024
hasta 30 de junio 2.024″.
El reclamo de las Organizaciones Sociales, y
CONSIDERANDO:
Que es de público conocimiento que nuestra ciudad cuenta con una Ordenanza vigente, la cual
declara la Emergencia en Materia Alimentaria.
Que las diferentes organizaciones sociales que conforman la multisectorial de la ciudad, solicitan
la ampliación de la entrega de mercadería, debido a que es mayor la necesidad de muchos beneficiarios.
Que dicha problemática es consecuencia de los incrementos en el precio de los productos que se
ven reflejados en la canasta básica.
Que la mayoría de las escuelas de la ciudad que daban copa de leche y almuerzo, no lo están
haciendo, lo que conlleva a que aumente la demanda alimentaria.
Que es necesario que el Departamento Ejecutivo Municipal, envíe a este Concejo Deliberante, un
informe detallando cuáles son los recursos para Villa Gobernador Gálvez en mercadería e indicando
cantidad y tipo, así como también un listado de las organizaciones sociales que reciben la ayuda y cada
cuanto tiempo se le entrega a cada organización social.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.946/2.024
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la
secretaría que corresponda informe en un plazo de 10 días hábiles:
a) Cuáles son los recursos que destina el municipio para solventar la Emergencia Alimentaria,
del periodo enero de 2.024 hasta marzo de 2.024, así como también los que envía el gobierno
nacional y el gobierno provincial.
b) Tipo de mercadería.
c) Cada cuanto tiempo se entrega dicha mercadería a las organizaciones sociales, merenderos y
comedores, formales e informales.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 21 de marzo de 2.024.
AUTORA: DANIELA BERMUDEZ.

