Autores del proyecto: Concejales Dolce, Camiscia, Garavano, Stange, Mangiaterra, Murabito y Martínez

Asunto: Proyecto de Ordenanza; Derogase la Ordenanza Nº 2444/17. Exp. 6175/17.

 

VISTO:

La Ley 2756.

La Ley 9256.

La Ordenanza Nº 2.444/17.

La nota remitida a este Cuerpo por el Departamento Ejecutivo Municipal, y

CONSIDERANDO:

Que por nota ingresada a este Cuerpo por el Departamento Ejecutivo Municipal, se solicita dejar sin

efecto el contrato de locación del inmueble de calle Av. Filippini 1937 de nuestra ciudad.

Que en fecha 20 de abril de 2017, este Concejo Deliberante aprobó la Ordenanza Nº 2.444/17,  por el cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal, a alquilar en forma temporal dicho inmueble y que se afectará su uso como vivienda de la menor Xiomara Villar, afectada de una grave dolencia, por el cual necesita un lugar adecuado para su recuperación.

Que en este Cuerpo obra antecedentes de autorización al Departamento Ejecutivo Municipal, para el alquiler de un inmueble afectándose el uso como vivienda de la mencionada menor que hasta el 28 de febrero de 2017, el inmueble referido correspondía a calle Urquiza 1823/27,  y al no haber posibilidad de renovación, el Departamento Ejecutivo Municipal solicita se autorice la locación del inmueble de Av. Filippini 1937, a los mismos fines.

Que el locador de dicho inmueble, es personal de planta permanente de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.

Que en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 9286 Capítulo III Deberes y Prohibiciones Art. 14º Incs b) y c) y a lo establecido por la Ley 2756, en el Capítulo VII, Responsabilidad de los Miembros y Empleados de la Municipalidad Art. 59º, es necesario proceder a derogar la Ordenanza Nº 2.444/17, dejando sin efecto el mencionado contrato de locación.

Que no habiendo desaparecido las causas que dieron origen a la locación, es menester cubrir la necesidad de vivienda social para el caso en cuestión.

Por todo ello, los Concejales abajo firmantes solicitan la aprobación del siguiente proyecto de:

ORDENANZA 

           

ART.1º) Derogase la Ordenanza Nº 2.444/17,  dejando sin efecto el contrato de locación del inmueble de Av. Filippini 1937,  de nuestra ciudad.

ART.2º)  El Departamento Ejecutivo Municipal deberá sostener la atención del caso social de la menor Xiomara Villar, garantizando una vivienda acorde a las necesidades específicas del caso.

 

ART.3º)  De forma

 

Dado en Sala de Comisión, 6 de junio de 2017

 

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Autores del proyecto: Concejales Dolce, Camiscia, Garavano, Stange, Mangiaterra, Murabito y Martínez

Asunto: Proyecto de Ordenanza; Derogase la Ordenanza Nº 2444/17. Exp. 6175/17.

 

VISTO:

La Ley 2756.

La Ley 9256.

La Ordenanza Nº 2.444/17.

La nota remitida a este Cuerpo por el Departamento Ejecutivo Municipal, y

CONSIDERANDO:

Que por nota ingresada a este Cuerpo por el Departamento Ejecutivo Municipal, se solicita dejar sin

efecto el contrato de locación del inmueble de calle Av. Filippini 1937 de nuestra ciudad.

Que en fecha 20 de abril de 2017, este Concejo Deliberante aprobó la Ordenanza Nº 2.444/17,  por el cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal, a alquilar en forma temporal dicho inmueble y que se afectará su uso como vivienda de la menor Xiomara Villar, afectada de una grave dolencia, por el cual necesita un lugar adecuado para su recuperación.

Que en este Cuerpo obra antecedentes de autorización al Departamento Ejecutivo Municipal, para el alquiler de un inmueble afectándose el uso como vivienda de la mencionada menor que hasta el 28 de febrero de 2017, el inmueble referido correspondía a calle Urquiza 1823/27,  y al no haber posibilidad de renovación, el Departamento Ejecutivo Municipal solicita se autorice la locación del inmueble de Av. Filippini 1937, a los mismos fines.

Que el locador de dicho inmueble, es personal de planta permanente de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.

Que en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 9286 Capítulo III Deberes y Prohibiciones Art. 14º Incs b) y c) y a lo establecido por la Ley 2756, en el Capítulo VII, Responsabilidad de los Miembros y Empleados de la Municipalidad Art. 59º, es necesario proceder a derogar la Ordenanza Nº 2.444/17, dejando sin efecto el mencionado contrato de locación.

Que no habiendo desaparecido las causas que dieron origen a la locación, es menester cubrir la necesidad de vivienda social para el caso en cuestión.

Por todo ello, los Concejales abajo firmantes solicitan la aprobación del siguiente proyecto de:

ORDENANZA 

           

ART.1º) Derogase la Ordenanza Nº 2.444/17,  dejando sin efecto el contrato de locación del inmueble de Av. Filippini 1937,  de nuestra ciudad.

ART.2º)  El Departamento Ejecutivo Municipal deberá sostener la atención del caso social de la menor Xiomara Villar, garantizando una vivienda acorde a las necesidades específicas del caso.

 

ART.3º)  De forma

 

Dado en Sala de Comisión, 6 de junio de 2017

 

Autores del proyecto: Concejales Dolce, Camiscia, Garavano, Stange, Mangiaterra, Murabito y Martínez

Asunto: Proyecto de Ordenanza; Derogase la Ordenanza Nº 2444/17. Exp. 6175/17.

 

VISTO:

La Ley 2756.

La Ley 9256.

La Ordenanza Nº 2.444/17.

La nota remitida a este Cuerpo por el Departamento Ejecutivo Municipal, y

CONSIDERANDO:

Que por nota ingresada a este Cuerpo por el Departamento Ejecutivo Municipal, se solicita dejar sin

efecto el contrato de locación del inmueble de calle Av. Filippini 1937 de nuestra ciudad.

Que en fecha 20 de abril de 2017, este Concejo Deliberante aprobó la Ordenanza Nº 2.444/17,  por el cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal, a alquilar en forma temporal dicho inmueble y que se afectará su uso como vivienda de la menor Xiomara Villar, afectada de una grave dolencia, por el cual necesita un lugar adecuado para su recuperación.

Que en este Cuerpo obra antecedentes de autorización al Departamento Ejecutivo Municipal, para el alquiler de un inmueble afectándose el uso como vivienda de la mencionada menor que hasta el 28 de febrero de 2017, el inmueble referido correspondía a calle Urquiza 1823/27,  y al no haber posibilidad de renovación, el Departamento Ejecutivo Municipal solicita se autorice la locación del inmueble de Av. Filippini 1937, a los mismos fines.

Que el locador de dicho inmueble, es personal de planta permanente de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.

Que en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 9286 Capítulo III Deberes y Prohibiciones Art. 14º Incs b) y c) y a lo establecido por la Ley 2756, en el Capítulo VII, Responsabilidad de los Miembros y Empleados de la Municipalidad Art. 59º, es necesario proceder a derogar la Ordenanza Nº 2.444/17, dejando sin efecto el mencionado contrato de locación.

Que no habiendo desaparecido las causas que dieron origen a la locación, es menester cubrir la necesidad de vivienda social para el caso en cuestión.

Por todo ello, los Concejales abajo firmantes solicitan la aprobación del siguiente proyecto de:

ORDENANZA 

           

ART.1º) Derogase la Ordenanza Nº 2.444/17,  dejando sin efecto el contrato de locación del inmueble de Av. Filippini 1937,  de nuestra ciudad.

ART.2º)  El Departamento Ejecutivo Municipal deberá sostener la atención del caso social de la menor Xiomara Villar, garantizando una vivienda acorde a las necesidades específicas del caso.

 

ART.3º)  De forma

 

Dado en Sala de Comisión, 6 de junio de 2017