Expte. Nº 9.008/25
VISTO:
Las disposiciones de la Ley N° 12.306 y modificatorias,
La Resolución General de la API N° 021/2.019, y
CONSIDERANDO:
Que, por dichas normativas, se acuerda a Municipios y Comunas la facultad de modificar
la tasa fijada por la provincia para la emisión anual del impuesto Patente Única de Vehículos,
con relación a los vehículos radicados en cada una de sus respectivas jurisdicciones;
Que la Tasa Testigo es la prevista en el artículo 65 de la Ley 13.875, modificatoria de la
mencionada en el Visto, mediante la cual las Municipalidades y Comunas tenemos la facultad de
variar en más o en menos de hasta un 20% (veinte por ciento) de incremento o de descuento la
Tasa Testigo fijada por la Provincia para la emisión anual del Impuesto Patente Única de
Vehículos;
Que la Administración Provincial de Impuestos ha generado y aprobado mediante
Resolución General No 036/2.010, modificada por Resolución General N° 015/2.011-API, una
aplicación informática en el sitio del Portal de la Provincia de Santa Fe, la cuál permite a las
Municipalidades y Comunas la generación del Formulario Informático mediante el cual
notificamos fehacientemente y con carácter de declaración jurada los datos de la Ordenanza que
dispone la modificación de la Tasa Testigo fijada por la Provincia; Que ese servicio informático
se encuentra disponible entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de cada año;
Que teniendo en cuenta la situación económica y financiera general del país, en el que
nuestro municipio como el resto se encuentran inmersos, lo que hace aún más necesario el
incremento de los ingresos en concepto de Patentes de Vehículos, conforme lo autoriza la opción
que establece la normativa provincial, y además expresa que “…el 100% (cien por ciento) de la
recaudación obtenida por el incremento dispuesto, se le acreditará automáticamente a la
Municipalidad a través del sistema de coparticipación automática prevista para este impuesto”;
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 3.201/2.025
ART.1º) Dispóngase el incremento del 20% (veinte por ciento) de la Tasa Testigo para la
emisión del año fiscal 2.026, del Impuesto Patente Única sobre Vehículos, conforme lo dispuesto
en el Visto y Considerando de la presente.
ART.2°) Comuníquese la presente, en forma fehaciente, a la Administración Provincial de
Impuestos, mediante la Dirección de Recaudación de Ingresos Municipales, que tiene
competencia en el impuesto que es objeto de la presente Ordenanza.
ART.3°) Dése conocimiento a la Dirección de Recaudaciones de Ingresos Municipales, a efectos
del cumplimiento del artículo anterior.
ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 20 de noviembre de 2.025.
AUTOR: DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL.

