VISTO:
La ley nacional N° 24.449, Ley de Tránsito,
El Código Municipal de Faltas,
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756,
El decreto N°1.018/17, de colocación reductores de velocidad en las inmediaciones de todas las escuelas de nuestra ciudad
La necesidad de continuar colocando reductores de velocidad para garantizar la seguridad frente las escuelas de nuestra ciudad, y
CONSIDERANDO QUE:
En el año 2017 este Concejo aprobó el decreto 1.018, con el objetivo de que la Municipalidad coloque reductores de velocidad en las inmediaciones de todas las escuelas de nuestra ciudad.
Dicha normativa en sus considerandos expresaba que:“ tal prescripción debe contemplarse no sólo en el tinte persuasivo/prohibitivo, sino que atendiendo a su objetivo fundamental, dicha limitación debe considerase con el objetivo salvar vidas o evitar accidentes, pues una velocidad inadecuada representan un riesgo tanto para el resto de los conductores y transeúntes como para el conductor del rodado.”
Atendiendo a las consideraciones técnicas de la propuesta también se afirmaba que: un reductor de velocidad es una alternativa de prevención de accidentes de tránsito, evitando tanto daños en la integridad física de las personas, como la producción de daños materiales. Dicho dispositivo es una variación que sobresale del pavimento y lo atraviesa de lado a lado, para inducir a los conductores a reducir la velocidad de circulación. En este caso funcionaría a modo de indicador urbano que nos advierta de la presencia o cercanía de un establecimiento educativo; pero sobre todo, una señal que nos haga tomar conciencia del valor de la vida de los niños y de nuestro deber en disminuir la velocidad.”
A un año de aprobado el decreto 1.018/17 es necesario resaltar que una cantidad significativas de escuelas fueron protegidas con las instalaciones de reductores de velocidad en sus inmediaciones. Sin embargo, es imperioso avanzar en la protección de las escuelas que no fueron alcanzas.
Además siguiendo en la misma dirección, es necesario comenzar con la colocación de cartelería donde se indique la presencia de escuela, no solo para alertar a los conductores que circulen por el lugar, sino también para el conocimiento de la población general.
Por todo ello, los concejales abajo firmantes presentan el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal dé cumplimiento al decreto N°1.018/17, colocando reductores de velocidad en las inmediaciones de las escuelas que aún no cuentan con los mismos. Y señalice la presencia de todos los establecimientos educativos con la cartelería correspondiente.
ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal garantizará lo establecido en el artículo 1° antes del comienzo del ciclo lectivo del año 2019.
ART.3º) De Forma.
Dado en de Bloque Frente Progresista, Cívico y Social a los 6 días del mes de noviembre de 2018.
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