VISTO:
La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer,
La Resolución 48/104 de la Asamblea General de Naciones Unidas, Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer,
La Resolución 54/134 dela Asamblea General de Naciones Unidas, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
Ley Nacional N°26.485, de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales,
La Ley Provincial N°13.348 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres,
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº2756,
La Ordenanza 1947/2010,
La Declaración 395/16,y
Las crecientes denuncias de mujeres por los reiterados casos de violencia de género.
CONSIDERANDO:
Que la discriminación contra la mujer viola los principios de la igualdad de derechos y del respeto de la dignidad humana y dificulta la participación de la mujer, en las mismas condiciones que el hombre, en la vida política, social, económica y cultural de su país; que constituye un obstáculo para el aumento del bienestar de la sociedad y de la familia y que entorpece el pleno desarrollo de las posibilidades de la mujer para prestar servicio a su país y a la humanidad, tal como la establece la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
Que la misma, aprobada en 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, es un instrumento jurídico internacional, aprobado por los Estados y que los compromete con una serie de obligaciones para con las mujeres y reconoce además, el papel de la cultura y las tradiciones en el mantenimiento de la discriminación contra las mujeres, obligando a los Estados a eliminar los estereotipos en los roles de hombres y mujeres, a través de medidas concretas, algunas de ellas transitorias de “acción afirmativa”, también denominadas “medidas especiales de carácter temporal”.
Que la resolución 48/104 de la Asamblea General de las Naciones Unidas establece que los Estados deben condenar la violencia contra la mujer y no invocar ninguna costumbre, tradición o consideración religiosa para eludir su obligación de procurar eliminarla. A tal efecto, los Estados deben aplicar por todos los medios apropiados y sin demora una política encaminada a eliminar la violencia contra la mujer.
Que la resolución 54/134 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, sancionada en 1999, declara el 25 de noviembre como el “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer” e invita a los gobiernos, organismos, órganos, fondos y programas del sistema de las Naciones Unidas y a otras organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales, según proceda, a que organicen ese día actividades dirigidas a sensibilizar a la opinión pública respecto del problema de la violencia contra la mujer.
Que no obstante, ya en 1981 se celebró en Bogotá, Colombia, el Primer Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe, y desde entonces, se conmemora el 25 de noviembre como el “Día Internacional de No Violencia contra las Mujeres” recordando el asesinato de las hermanas Mirabal, Patria, Minerva y María Teresa Mirabal, tres activistas dominicanas que fueron asesinadas en 1960 por orden el dictador Rafael Leónidas Trujillo (1930-1961), convirtiéndose desde entonces en el máximo exponente de la violencia contra la mujer en América Latina, promoviendo de esta manera el reconocimiento mundial de la violencia de género.
Que por otra parte, la Ley Nacional 26.485/09, tiene por objeto promover y garantizar: la eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos los órdenes de la vida; el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia; las condiciones aptas para sensibilizar y prevenir, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos; el desarrollo de políticas públicas de carácter interinstitucional sobre violencia contra las mujeres, la remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres; el acceso a la justicia de las mujeres que padecen violencia y la asistencia integral a las mujeres que padecen violencia en las áreas estatales y privadas que realicen actividades programáticas destinadas a las mujeres y/o en los servicios especializados de violencia.
Que la misma establece como violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes y considera violencia indirecta, toda conducta, acción omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón.
Que la Ley Provincial N°13.348 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, adhiere a Ley Nacional N°26.485, de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones.
Que el pasado 3 de junio se conmemoraron 4 años del movimiento “Ni Una Menos. Vivas nos queremos”, bandera bajo la cual participa un amplio y diverso colectivo de miles de personas a raíz de los femicidios cometidos, pero realizando una serie de reclamos que avanza en una perspectiva de género progresista a través de movilizaciones, la lucha y participación constante.
Que este amplio y diverso movimiento feminista sigue bregando por garantizar que estos cambios se hagan realidad, con leyes y políticas de Estado contra las violencias de género en todas sus formas: físicas, simbólicas, psicológicas, económica o patrimonial y seguridad personal, tanto domésticas como institucionales, laborales y económicas, interpelando a un sistema androcéntrico y heteropatriarcal.
Que desde la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, se vienen desarrollando diversas acciones a los fines de atender esta problemática, ya sea desde la conformación de un Área local de Políticas de Género dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social para el acompañamiento, asesoramiento, asistencia, protección y seguridad de las víctimas de violencia de género, la suscripción de un convenio sobre políticas de género con el Gobierno de la Provincia de Santa Fe para fortalecer la intervención del Estado a nivel local y la articulación con la Red de Casas de Amparo, como espacio de contención y asistencia de las mujeres que son víctimas de violencia de género. En virtud de ello se garantiza el funcionamiento de la línea gratuita *144, durante las 24 horas del día, todos los días del año, para la recepción de denuncias, la atención personalizada y la realización de consultas para la erradicación de la violencia de género.
Que en otras oportunidades este Cuerpo se expresó en el mismo sentido, sentando un precedente, tal como se expresa en la Declaración 395/16 que declara de Interés Social y Comunitario la conmemoración del día 25 de noviembre.
Que erradicar la violencia contra las mujeres y las niñas, debe constituirse en prioridad y política de Estado, ya que en el año 2017 hubo en nuestro país 292 femicidios y sólo en el primer semestre de 2018 se produjeron 138, según informó el Observatorio de Femicidios del Defensor del Pueblo de la Nación. A tal efecto, Santa Fe es la tercera provincia que registra la mayor cantidad de casos.
Por todo lo expuesto la concejal abajo firmante eleva el siguiente proyecto de:
DECLARACIÓN
Art. 1º) Declárese la adhesión a la conmemoración del “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”, que se recuerda cada 25 de noviembre, fecha declarada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1999, a través de la resolución 54/134.
Art. 2º) Otórguese un reconocimiento a las organizaciones de la ciudad que promueven los derechos de las mujeres y la prevención, asistencia y contención de víctimas de violencia de género, a saber: “Mujeres voces en alto”, “Porque tu vales”, “Amas de casa”, “Mujeres de negro”y “Red de mujeres V.G.G. del sindicato de trabajadores municipales”.
Dado sala Bloque Frente Progresista Cívico y Social a los 14 días del mes de Noviembre del 2018.
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